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Aunque pueda resultar sorprendente, preguntas como ¿se puede consultar al notario?, ¿le puedo hacer una pregunta? u otras similares tienen bastante reiteración en una notaría. En ocasiones son producto de la inocencia de la gente, y en otras muchas del propio desconocimiento de la función notarial.
¡¡Claro que se puede preguntar al Notario!!. La labor de asesoramiento está implícita en la función notarial, hasta el punto de que un notario que no asesora realmente no es un notario. Otras cosa es la amplitud y el contenido del asesoramiento, que realmente puede ser muy diferente, y depende enormemente de la personalidad de cada notario.
Y también es cierto que las luchas corporativas entre profesionales del derecho, buscan negar la legitimación del Notario para el asesoramiento, para justificar su propia posición.
El perfil de la personas que acuden a la notaría con consultas es muy variado. Citaré unos cuantos ejemplos.
El profesional del derecho
Tenemos el profesional del derecho, que puede buscar la especialización del notario en determinados ámbitos o su visión más amplia de los mismos, pues en una notaría estamos muy acostumbrados a ver los asuntos desde una perspectiva muy global, que incluye aspectos civiles, mercantiles, fiscales, registrales o administrativos.
No puedo resistir a citar dos ejemplos del asesoramiento que desde una notaría se presta a otros profesionales del derecho.
El primero de ellos, ocurrió, en la jornadas NOTARTIC, que celebramos hace un par de años en Sevilla, donde un abogado ponente en las jornadas, en una charla aparte, nos decía que los Notarios nos diferenciamos de otros funcionarios jurídicos del Estado, como Abogados del Estado o Registradores, en que teniendo un nivel de preparación equivalente, tenemos una visión práctica del derecho muy difícil de encontrar en otros operadores jurídicos.
El segundo ejemplo, lo cito con cierta pena, y es relativamente reciente. Se trata de un abogado, que vino a encargar el levantamiento de un acta notarial de una Junta de socios.
Tenía muchas dudas, en cierta medida lógicas, sobre como debía plantear la Junta, y por eso, antes siquiera de convocarla, pasó por la Notaría, consultando incluso como hacer el orden del día.
La charla profesional fue dando paso a aspectos más cotidianos de nuestros quehaceres, y me confesó que venía “rebotado de otra notaría” donde al plantear las preguntas que me estaba haciendo a mi, y que dentro de mis posibilidades le contestaba, el oficial que le atendió le dijo que él no era abogado, que no tenía obligación de contestarle y que si necesitaba asesoramiento, lo buscase en otro lugar.
No se si su jefe ha llegado a tener conocimiento del asunto, pero por mi parte solo quiero agradecer la actuación de ese oficial, que me ha permitido conocer a gente realmente encantadora y muy respetuosa, y además buenos clientes.
El asesoramiento en la firma
Causa cierta ternura, los casos de personas que en una firma, casi levantando la mano como en el colegio, piden permiso, y solicitan, si es que se puede, que se la haga algún tipo de aclaración.
Hay que remarcar que en la notaría, o al menos en la mía, no se viene a que te cuenten un rollo, ni a soportar la tediosa lectura de un documento. Personalmente, leo lo imprescindible, explico todo aquello que considero relevante, y me ofrezco a que me pregunten, con toda libertad. En la mayoría de las ocasiones la gente, suele decir, que todo ha sido muy correctamente explicado, pero aun así siempre puede quedar un fleco, que obviamente es objeto de una explicación más profunda.
Un ejemplo muy típico de petición de explicación más profunda es el de las “comisiones por riesgo de tipo de interés”.
El asesoramiento de particulares .
Muchas son las personas y empresas que acuden a mi despacho, esencialmente, a raíz de los artículos que he ido publicando en la web. Estos artículos dan una idea de su problema, y así conciertan una cita, para que se les aclare con mas profundidad, su caso concreto.
Dentro de este perfil, podemos diferenciar, a su vez dos tipos de personas: los que buscan evitar a otros profesionales jurídicos, con una finalidad de evitar gastos y aquellos otros que buscan la neutralidad que se le presupone a un Notario.
Este asesoramiento, en cualquier caso, tiene un límite. Los notarios documentamos acuerdos, pero no imponemos nada. Sugerimos, como mucho, sobre la correcta posición jurídica, o mediamos. Pero la falta de acuerdo, solo puede ser solucionada por el Juez.
¿Cuesta dinero el asesoramiento notarial?
El asesoramiento que va vinculado a la autorización de un documento, no se cobra, y así el Real Decreto que regule el arancel notarial nos dice que “El Notario no podrá percibir cantidad alguna por asesoramiento o configuración del acto o negocio, cuya documentación autorice.”
El asesoramiento que no va vinculado a la formalización de un documento, si es de carácter sencillo, la tradición ha impuesto que no se cobre.
El problema está en aquellos asesoramientos, que pueden exigir estudio, o que son de cierta complejidad, y que son independientes de un documento, respecto de los cuales a mi no me cabe duda que se pueden cobrar. De hecho, es frecuente que ante casos como el que describo la gente suela decir, “es que me me quedo más tranquilo si me cobra”.