El marco general del impuesto de sucesiones y donaciones en Catalunya, deriva de la Ley 19/2010. Sin embargo, como la ley 2/2014 de 27 de enero de medidas fiscales, administrativas, financieras y del sector público, en su artículo 122 modificó varios de los preceptos de la Ley 19/2010 de regulación del impuesto de sucesiones, en la en la actualidad tenemos dos marcos normativos en Catalunya:
Para los fallecimientos ocurridos entre el 1 de enero de 2010 hasta el 31 de enero de 2014, que se rigen por la Ley 19/2010 de regulación del impuesto de sucesiones.
Para los fallecimientos ocurridos desde el 1 de febrero de 2014 que se regirán deriva de la ley 2/2014 de 27 de enero. Esta normativa está vigente y sin modificar desde entonces y hasta ahora, años 2016.
Lo fallecimientos hasta 31 de diciembre de 2009, no los tomamos en consideración, porque será herencias fiscalmente prescritas.
La aplicación de normativa de Catalunya del impuesto de sucesiones depende de la residencia habitual de la persona fallecida. Para aquellos casos que haya habido un cambio de residencia, se tiene en cuenta la del lugar en el que haya permanecido un mayor número de días en los cinco años anteriores a la fecha del devengo.
1.- Esquema de aplicación del impuesto.
1.1.- Se parte del valor real de los bienes, con deducción de deudas y gravámenes.
1.2.- Sobre este importe hay derecho a una serie de reducciones.
1.3.- Al importe así obtenido se aplica un tipo impositivo.
1.4.- Este tipo impositiva se le aplica un coeficiente multiplicador en función del grado de parentesco entre causante y heredero.
1.5.- Finalmente la cuota resultante puede tener algún tipo de bonificación.
2.- Desarrollo del esquema de liquidación.
2.1.- Valor real de los bienes. A este aspecto ya nos hemos referido en otras entradas del presente blog. En caso de inmuebles urbanos radicados en Catalunya, este valor se obtiene multiplicando el valor catastral por un coeficiente, y multiplicación por 0,8. En el caso de bienes rústicos se aplica una cantidad por hectárea, dependiendo de la calidad y situación de los terrenos. Estas tablas se publican cada año por la Generalitat de Catalunya.
2.2.- Reducciones.
Reducción por parentesco.
Para herencias desde 1 de febrero de 2014
a) Grupo I (adquisiciones por descendientes menores de veintiún años): 100.000, más 12.000 euros por cada año de menos de veintiuno que tenga el causahabiente, hasta un límite de 196.000 euros.
b) Grupo II (adquisiciones por descendientes de veintiún años o más, cónyuges y ascendientes): – Cónyuge: 100.000 euros. – Hijo: 100.000 euros. – Resto de descendientes: 50.000 euros. – Ascendientes: 30.000 euros.
c) Grupo III (adquisiciones por colaterales de segundo y tercer grado por afinidad o consanguinidad (STSJ ICAM 442/204 y STSJ MADRID 1693/2014) y por ascendientes y descendientes por afinidad): 8.000 euros.
d) Grupo IV (adquisiciones por colaterales de cuarto grado o de grados más distantes y por extraños): no se aplica ninguna reducción por razón de parentesco.
Para herencias desde 1 de enero de 2010 hasta 31 de enero de 2014 la reducción por parentesco es la siguiente:
a) Grupo I (adquisiciones por descendientes menores de veintiún años): 275.000, más 33.000 euros por cada año de menos de veintiuno que tenga el causahabiente, hasta un límite de 539.000 euros.
b) Grupo II (adquisiciones por descendientes de veintiún años o más, cónyuges y ascendientes): – Cónyuge: 500.000 euros. – Hijo: 275.000 euros. – Resto de descendientes: 150.000 euros. – Ascendientes: 100.000 euros.
c) Grupo III (adquisiciones por colaterales de segundo y tercer grado por afinidad o consanguinidad (STSJ ICAM 442/204 y STSJ MADRID 1693/2014) y por ascendientes y descendientes por afinidad): 50.000 euros.
d) Grupo IV (adquisiciones por colaterales de cuarto grado o de grados más distantes y por extraños): no se aplica ninguna reducción por razón de parentesco.
Situaciones con vivenciales de ayuda mutua.
En las adquisiciones por causa de muerte entre miembros de una relación de convivencia de ayuda mutua, los adquirientes quedan asimilados al resto de descendientes del grupo II que define el artículo 2, al efecto de la aplicación de las reducciones por parentesco y vivienda habitual y el coeficiente multiplicador.
Las parejas de hecho quedan asimiladas a los cónyuges.
Las relaciones entre un cónyuge o un conviviente en pareja estable y los hijos de su cónyuge o del otro miembro de la pareja quedan asimiladas, a efectos del impuesto sobre sucesiones y donaciones, a las relaciones entre ascendientes e hijos.
Reducción por discapacidad.
Junto con las reducciones que puedan corresponder en función del grado de parentesco entre el adquirente y el causante, en las adquisiciones por causa de muerte por parte de personas con disminución física, psíquica o sensorial, con un grado de minusvalía igual o superior al 33 %, se aplica una reducción de 275.000 euros. Si el grado de minusvalía es igual o superior al 65 %, la reducción es de 650.000 euros.
Reducción para personas de la tercera edad.
En las adquisiciones por causa de muerte por personas del grupo II de setenta y cinco años o más se aplica una reducción de 275.000 euros. Esta reducción es incompatible con la reducción por discapacidad.
Para herencias desde 1 de enero de 2010 hasta 31 de enero de 2014 la reducción por tercera edad, no está vinculada al grado d parentesco.
Reducciones por seguros de vida.
En las adquisiciones por causa de muerte, se aplica una reducción del 100 %, con un límite de 25.000 euros, de las cantidades percibidas por los beneficiarios de contratos de seguros de vida, si su parentesco con el contratante muerto es el de cónyuge, de descendiente o de ascendiente.
Reducción por la adquisición de bienes y derechos afectos a una actividad económica.
Se puede obtener una reducción del 95% del valor de tales bienes. Por su extensión y complejidad no la desarrollamos.
Reducción por la adquisición de participaciones en entidades.
Se puede obtener una reducción del 95% del valor de tales bienes. Por su extensión y complejidad no la desarrollamos.
Reducción por la adquisición de la vivienda habitual del causante.
En las adquisiciones por causa de muerte que correspondan al cónyuge, a los descendientes, a los ascendientes o a los colaterales del causante, puede aplicarse a la base imponible una reducción del 95 % del valor de la vivienda habitual del causante, con un límite de 500.000 euros por el valor conjunto de la vivienda, que debe prorratearse entre los sujetos pasivos en proporción a su participación; en cualquier caso, el límite individual resultante del prorrateo entre los sujetos pasivos no puede ser menor de 180.000 euros. Los parientes colaterales del causante, para poder disfrutar de la reducción establecida en el apartado 1, han de ser mayores de sesenta y cinco años y han de haber convivido con el mismo como mínimo los dos años anteriores a su muerte. Reducción por la adquisición de determinadas fincas rústicas de dedicación forestal
Reducción por la adquisición de bienes del causante utilizados en la explotación agraria del causahabiente.
Reducción por la adquisición de bienes del patrimonio cultural.
Reducción por sobreimposición decenal.
2.3.- Tipo impositivo.
Base Cuota Resto de base Tipo
0 Hasta 50.000 7%
50.000 3.500 Hasta 150.000 11%
150.000 14.500 Hasta 400.000 17%
400.000 57.000 Hasta 800.000 24%
800.000 153.000 En adelante 32%
2.4.-Coeficiente multiplicador.
Grupos de parentesco I y II Coeficiente 1.
Grupos de Parentesco III Coeficientes 1,5882.
Grupo de Parentesco IV Coeficiente 2 4.5.-
Bonificación en cuota Los cónyuges pueden aplicar una bonificación del 99% de la cuota tributaria del impuesto sobre sucesiones en las adquisiciones por causa de muerte, incluidas las cantidades percibidas por los beneficiarios de seguros de vida que se acumulan al resto de bienes y derechos que integran su porción hereditaria. El resto de contribuyentes de los grupos I y II pueden aplicar la bonificación en el porcentaje medio ponderado que resulte de la aplicación para cada tramo de base imponible de los porcentajes establecidos en la ley.
Yo vivo con mis padres, si mis padres facellen y me dejan su casa (vivienda habitual) tengo que pagar impuestos. Subirian mucho.
Muchas gracias
Con los datos que nos da la respuesta es casi imposible, pues habría que tener en cuenta el valor de la casa, donde está, la residencia de sus padres…De todos modos las herencias de padres a hijos, por regla general no son gravosas.
Un saludo.
buenas tardes, quiero dejar el piso (situado en Barcelona, valor 200.000 eur aprox) en herencia a mi sobrino. Cual es la cantidad aproximada que tendremos que pagar ente los dos en impuestos y no se que mas?
Con los datos que no da no podemos contestarle. Si quiere un informe, se lo podemos hacer, pero le pediríamos cierta información. Un saludo
Somos cinco hermanos, y ahora hemos sabido que mi padre hizo testamento del piso que tiene en Tarragona, a una de mis hermanas, que es la que le tenia absorbido el cerebro, así como de la cuenta bancaria, la cual tambien estaba como cotitular ella, y de la cual ha ido sacando todo el dinero poco a
poco. Mi pregunta es, ¿tenemos derecho a la legitima, aunque la casa se la haya dejado en testamento?
Buenas tardes. Mi madre falleció en el 2003, pero la sentencia de herencia se ha escriturado en el 2017. Es una vivienda de promoción pública. ¿Se ha de pagar plus valía o algún impuesto?. Gracias
Lo que no entiendo es porque se ha preguntado eso en el momento de hacer la escritura o no se lo hayan explicado. Aparentemente por lo que me dice
creo que no deberá de pagar nada, pero no puedo opinar con fundamento sin ver documentación.
Me lo he preguntado porque he supuesto que para el cambio de nombre de la propiedad, se exigirá un plazo desde la fecha de la escritura y quizás por ello, el pago de algún impuesto. Disculpe si no me expreso bien. Gracias
Insisto en lo que le he dicho: no puedo opinar sin ver. Y me deja sorprendido que esas preguntas se las haga usted después de firmar la escritura. Vaya a la Notaria donde le hayan hecho los trámites y que le informen.
Hola. Mi padre ha fallecido en septiembre de 2017 y tenia un 15% de acciones de una empresa S.A,. con valor de escritura de 60.000€ y 1.000.000€ de valor contable. Si acepto las acciones al valor contable que serían 150.000€ cuanto tendría que pagar de impuestos de sucesiones. Gracias.
esta página no es un consultorio on line. A la vista de la todos los antecedentes necesarios le podemos hacer un informe
teniendo en cuenta que ya han hecho testanmento a mi favor.
Esta en catalunya, es una casa de protección oficial, pero no tengo más datos.
Pero tengo entendido que con la nueva ley, la casa habitual ,cuando pase de padres a hijos tendrán que pagar.
Vuelvo a lo mismo, con esos datos no puedo decirle más, pero es casi seguro que no se pagará nada por impuesto de sucesiones.
Recibo en legado de mis abuelos una casa valorada en 400.000 euros, en Barcelona, ¿si acepto cuánto tendría que pagar por impuesto sucesiones, aproximadamente?
Muchas gracias por seguirnos, pero su pregunta excede con mucho de la finalidad de esta web.
En el supuesto de elegir la opción de beneficiarse del 95% por vivienda habitual, ¿es necesario mantener en poder del heredero la vivienda 5 años para no perder la desgravación?
Entiendo que siempre está la opción de rechazar ese beneficio fiscal y computar el valor de la vivienda habitual en la masa hereditaria si se piensa vender ¿Es así?
Efectivamente, si usted vende dentro del plazo de cinco años, lo que tendrá que hacer es ingresar la cantidad bonificada con los intereses.
Muchas gracias: Entiendo que si se piensa vender antes de cinco años es mejor renunciar a la bonificación por vivienda habitual y pagar como si se tratara de una vivienda normal ¿Permite hacer eso la Agencia tributaria?
Efectivamente. Lo que debe de tener claro es lo que le puede costar su decisión, pero si la herencia es en Catalunya a favor de descendientes y después del año 2010 (el fallecimiento), casi con seguridad no merece a pena pedir la bonificación por vivienda. Si quiere más información, con datos concretos de la herencia le podemos hacer una simulación.
Cuanto paga un primo carnal ha heredar en Cataluña , que tanto %. Gracias
Depende de lo que herede.
He de abrir un testamento, por defunción de mi padre, herederos una hermana y yo. Herencia un chalet, actualmente se podría vender por 100.000 € máximo y no seguro que se vendiese. Mi hermana y yo no nos hablamos y tiene ganas de follón. He pensado en renunciar a la herencia, pues con el chalet querrán hacer lo contrario que yo, por fastidiar y acabaremos en los tribunales, ya que no me apetece tener un bien ni nada a medias con ella. ¿Me aconseja luchar o sería mejor renunciar?.
Yo en principio no renunciaría. Lo que debe de hacer es saber cual es su posición, asesorarse y quizás hablar con su hermana por medio de terceras personas, para evitar que afloren los sentimientos
Cuando falleció mi madre, mi padre heredo y mi hermana se hizo con los bienes a través de donaciones y me obligaron a ir a los Tribunales para obtener la legitima de mi madre a la cual se negaban a darme. Al parecer queda el chalet mencionado y por ello se, que va a ser una mayor guerra y lo quiero evitar. Más sabiendo que mi hermana tiene una gran hipoteca y desconozco los avalistas al/los préstamos que pudiese tener.
Gracias.
Si, como sobrino del fallecido, me deja en el testamento 53.101,81 euros, ¿cuanto pago a la hacienda catalana?
CON ARREGLO A LA NORMATIVA DE HOY APROXIMADAMENTE 5000 EUROS
la hermana de mi madre que no tiene hijos si marido fallecio hace casi cuatro años, me dejo en el testamento como heredera universal, mi tio 85 años vive y tambientiene el testamente igual hacia mi, posee el piso donde vive, un apartamento, y unos 60.000, euros, el dia que fallezca que tendre que pagar , yo no se si me correspondia algo cuando fallecio mi tia, pero la relacion es muy buena y no hice nada. me comentas que seria mejor que hiciera una donacion hacia mi de la segunda residencia, si no se hace que tendre que pagar el dia que herede. Que me aconseja, para pagar menos en su momento. muchas gracias
Gracias por su interesante web y respuestas. La vivienda de mi padre en Barcelona tiene un valor aproximado de 500,000 euros y me la deja en herencia ¿Cuánto tendría que pagar en su día por impuesto de sucesiones por esa vivienda, según la tarifa vigente en mayo de 2015? Muchas gracias.
Añado que soy hijo único y que apenas habrá más bienes que la vivienda. Gracias.
En el caso que mi padre me donara una vivienda, con un precio de mercado de 300.000€, ¿Qué impuestos tendría que pagar?.
Muchas gracias.
Debería pagar IMPUESTOS DE DONACIONES, PLUSVALÍA E IRPF (EL DONANTE). LAS CUANTÍA DEPENDE DE FACTORES QUE DESCONOZCO, COMO EL LUGAR DONDE ESTÉ EL INMUEBLE, SU VALOR CATASTRAL, ANTIGUEDAD…
Le doy las gracias por anticipado. Tengo un piso ( mas de 20 años de antigüedad ) y una casa ( con menos de 20). Quiero dejarselo a mi hijo en testamento, pero si le hago una donación ahora costaría menos dinero. No tenemos la residencia juntos
En principio es más barato la sucesión.
De nuevo le doy las gracias por anticipado. Relacionado con el correo anterior. La mencionada casa tiene V. Catastral x coef. 0,88= 59.267 €. Me podria orientar aprox. que le podria costar a mi hijo el impuesto de sucesiones al 50% ya que vivo con mi señora ¿tiene beneficio o es indistinto que estuvieramos empadronados juntos en dicha casa?
la pregunta que me formula excede de la finalidad de esta página. No es que no quiera contestarle es que con lo datos que me da poco puedo hacer. Insisto que siempre será más barato heredar que hacer una donación. El coste global no puedo precisarlo.
Relacionado con el correo anterior. – Entiendo su posición y su comentario. Sin entrar en calcular cantidades ( en plan orientativo) me puede decir si normalmente de que se paga mas, de plusvalia o del impuesto de sucesiones. Datos que poseo: Valor suelo 42714€. Valor catastral 67349€. Mas de 20 años. població.n Viladecans. Gracias por su atención y su paciencia.
El impuesto de sucesiones se paga por toda la herencia y la plusvalía por cada inmueble urbano y su cuota depende de la ordenanza de cada aynuntamiento. El impuesto de sucesiones entre padres e hijos está casi desaparecido en catalunya para herencias medias, por ello lo normal es que se pague más por plusvalía. Respecto del inmueble de Viladecans a mi me sale una cuota de unos 8200 euros, (cálculo rápido y sin responsabilidad). Le dejo un enlace si quiere comprobarlo usted
http://www.foro-ciudad.com/barcelona/viladecans/documento-23235.html
Mi abuela me quiere poner una cuenta a nombre de las 2 con 60.000 euros en la caixa para cuando ella muera. Cuanto tendre que pagar a acienda? Es la mejor opcion? muchas gracias de antemano. Mi abuela vive en sevilla y yo soy de girona.
Lo que tiene que hacer su abuela es un testamento. estar como cotitular de una cuenta puede tener riesgos fiscales, y además no atribuya l propiedad del todo al cotitular cuando uno falte. Una herencia de 60000 euros de abuelo a nieto pagaría alrededor de 10 euros.
Primer quiero decir que sigo sus respuestas..mi madre al fallecer ha dejado 5000 euros a sus dos nietas .Estan preocupadas por la declaracion de hacienda de este año .Són de Barcelona i no saben cuanto deberan pagar por este legado. Muchas gràcies por su atencion.Le indico que murio en 25 enero.2015…
Soy ingles y teng o un seguro life of the other por el cual yo y mi mujer somos tanto tomadores, asegurados y beneficiarioS. Esto significa que en el caso de que uno de los dos muera dentro de los 25 anos que dura la poliza el sobreviviente tomador es beneficiario. Es seguro por muerte solo y solo ss garantiza dentro de ese periodo. Una vez uno de los muere, ya acaba la poliza para el sobreviviente. No hay ahorros. Querria saber si habria que declarar este en inpuestos sucesion en el caso que rescate el capital o bien solo por renta. Gracias
Me resulta dificil responder sin ver el contenido de la póliza. La mejor información se la darán en la compañía de seguros, pero a modo de aproximación si lo que se recibe es consecuencia del fallecimiento de uno de los “contratantes” la cantidad percibida por el legitimario se integra en el impuesto de sucesiones, aunque estrictamente no sea herencia.
Pregunta: Mi madre, de 94 años, con demencia senil diagnosticada, tiene capacidad legal de modificar un testamento que hizo hace mas de 20 años?
Ella tiene un piso de su propiedad en Barcelona capital, con valor aproximado de 180.000 euros.
Pregunta: Se puede saber el calculo aproximado del Impuesto de Sucesión si el heredero es su único hijo vivo, y, como segunda opción, si el heredero es su nieto, de 25 años, con una discapacidad de 63% por problema de salud mental sin solución según lo médicos.
Pregunta: Que opción tributa menos?
Mi padre falleció hace 22 años .Somos 3 hermanos+mi madre (50%+usufructo).Hay testamento pero no aceptación herencia que debemos hacer. La herencia es de un piso valorado en aprox.190.000€.
Pregunta: Debemos tributar por el Imptº de Sucesiones?
Pueden adjudicarse los bienes y en principio toda fiscalidad está prescrita
Hola. Mi madre fallecio y un tiempo despues vendimos el piso de mis padres y me traje a vivir a mi padre con nosotros, el dinero de la venta del piso mas unos ahorros que en total seran unos 220.000€ lo pusimos en una cuenta conjunta para los dos.
Ahora mi padre se encuentra en el ultimo tramo de su vida, ese dinero representa que sera su herencia? Tendre que pagar por el?
Gracias
Depende de la ley aplicable. Si fuese en Catalunya, hasta 100.000 euros, y tratándose de herencia entre padres e hijos, no se paga nada, y a partir de ahí unas cantidades muy pequeñas. Por ejemplo una herencia de 200.000 pagaría 200 euros, siempre y cuando no hubiere derecho9 a ninguna bonificación fiscal. Yo creo que puede estar tranquilo
Hola, tengo una discapacidad del 65%, si heredo de mi padre 2 casas por valor de 500.000 euros, cuanto me tocaria pagar de impuestos, y despues la plusvalua en ayuntamiento tambien hacen descuento por minusvalia? Atentamente, momtse, gracias
En principio tiene una bonificación en el impuesto de sucesiones de 650.000, de modo que no habría que pagar nada. Respecto de las plusvalías, habría que ver según cada ayuntamiento y su ordenanza, pero en principio, la minusvalía no atribuye ningún beneficio fiscal.
hola, mi madre fallecio el pasado 8 de junio y aun no tenemos el testamento original, pero todo esta en tramite. mi problema es que yo estoy en andalucia y mi madre fallecio en cataluña. segun dicho testamento pasa todo a mi padre pero el quiere ponerlo todo incluso lo de el a nombre de mis dos hermanos y yo. se puede hacer eso? lo unico que tienen una casa que se podría valorar en catastro por 100000 euros. cuandto habria que pagar para que esto se hiciera así. me perjudicaria en algo que se pusiera a nuestro nombre (de los tres) para becas de los niños, el paro que cobro de mayores de 52 años. yo no tengo vivienda en propiedad, estoy de alquiler.
No puedo responderle sin ver ningún papel, pues hay muchos aspectos a considerar y que podrían tener influencia en el resultado final. Un saludo
Buenos días, me gustaría saber cuanto es la legítima (de padre a hija).
Gracias.
Me refiero a la legítima en Cataluña.
Gracias otra vez.
Soy hija única, mi padre tiene un chalet (en Riells y Viabrea en Girona) y un piso (en Montcada i Reixac, Barcelona) y calculo que no hará testamento. Con respecto al dinero que pueda tener en cuentas de ahorro o bonos del estado, ect , en el momento en que fallezca, ¿qué es lo que tendría que hacer para poder averiguar donde está ese dinero? ¿habría posibilidad de poder disponer de él aunque yo no figure en las posibles cuentas? . También soy sobrina única, en el caso de que mi tío no hiciera testamento y mi padre (su hermano y único heredero) ya hubiera fallecido, ¿también tendría derecho a la legítima? ¿en este caso tendría que pagar más de impuesto de sucesiones por ser sobrina en lugar de hija?. Mi tío tiene un piso en la Llagosta, Barcelona y si tuviera dinero en cuentas de ahorro (que tiene) ¿también pasaría a mí o esto va para el estado? ¿y cómo averiguo donde lo tiene una vez haya fallecido?
Muchas gracias otra vez.
Muy brevemente, los sobrinos no tienen derecho a legitima y pagan mas que los hijos, pues el minimo exente por hijo es 100.00 y en caso de sobrinos 8.000. Ademas, los hijos tienen unas bonificaciones en cuota que no tienen los sobrinos. Averiguar el dinero es muy fácil si usted es el heredero, solo basta perdirlo a los bancos. perdón por las tildes, pero tengo problema con ordenador
Por una herencia de mi fallecida esposa de unas tierras valoradas en 150 euros. Tengo qde
Por la herencia de unas tierras valoradas en 150,00 euros propiedad de mi fallecida esposa, tengo que pagar el impuesto de sucesiones?
Si, pero quizás sea muy poco
Tengo un familiar en Barcelona que es prima de una abuela mía ( sería grado iv de parentesco ? )
Tiene dinero en bancos por un valor de 680000€ y un piso en el centro de Barcelona cuyo valor real de mercado estaría en torno a los 140000€.
Soy heredero universal mediante testamento de esta mujer y no se que impuestos tendría que pagar en caso de fallecimiento. Vivo en Toledo. Gracias
Con fecha del 24/2/2011 Falleció mi Madre, mis cuatro hermanos y yó nos acogimos a la bonificación del 95% en la aceptación de la herencia en Cataluña con un cabal hereditario por hermano de 39.450 €. Con fecha del 10/11/2015 se ha vendido la vivienda faltando 3 meses para el cumplimiento de los 5 años que establece la Generalitat de Cataluña ¿ perderemos la bonificación ? Aclaro que la vivienda se ha vendido por un valor de 70.000 € menos de lo valorado en la herencia. En el momento de escriturar me dijeron que había que declarar 1/5 de la venta, pero que no teniamos que pagar nada a hacienda. Pero si no fuera asi cuanto nos correspondería a cada Hermano.
Tendrían que rehacer la declaración del impuesto de sucesiones, ingresando ahora la cantidad bonificada y los intereses. Lo que me extraña que es que nadie se lo haya dicho antes de hacer la venta.
Mi madre falleció en 2015 y mi hermano y yo nos repartimos unos 25.000 euros como únicos herederos cada uno. Creo que no deberíamos pagar nada, pero habría que presentar igualmente el impuesto? Que pasa si no lo hacemos?
Gracias de antemano
Podrían tener una sanción por falta de presentación.
Hemos heredado una propiedad en Catalunya y somos 3 herederos… ¿la reducción de 100.000 € del IMPUESTO de SUCESIONES es aplicable por heredero o no? Es decir, nosotros tenemos que presentar el IMPUESTO DE SUCESIONES todos juntos por lo que no sé si la reducción sería de 300.000 € o se limita a 100.000. Y otra cosa, ¿cómo podemos determinar el VALOR DEL BIEN INMUEBLE a declarar?, ¿es mejor que lo haga la Agencia Tributaria o mejor por Autoliquidación? Muchas gracias.
La reducción es por heredero. respecto del valor del inmueble, habrá que tener en cuenta diversas factores, por lo que le aconsejo que trate con un profesional. Un saludo.
Hola,
en el caso de una madre (viuda) que posee un patrimonio de unos 3,5 millones de euros donde está incluida la vivienda habitual de un precio aprox. de 1 millon de euros (dentro de los 3,5 mill.)
En esta vivienda habitual, el 25% pertenece a un hijo y el otro 25% a otro hijo desde hace varios años.
Cuanto pagarán aproximadamente en impuesto de sucesion en Cataluña los hijos?
Gracias
Saludos
El impuesto de sucesiones depende de muchos factores, muchos de los cuales desconozco, por lo cual toe mi respuesta como orientativa. Pero heredando 1.500.000 Euros cada hijo, y solicitando la reducción de vivienda habitual por el importe de 250.000, cada uno la cuota rondaría los 75000 euros, por hijo.
Le insisto que esto no es un dictamen, ni asumo ninguna responsabilidad por la respuesta
Nuestra Tia falleció en el año 2010 en Barcelona nos hemos hecho herederos ahora, a la hora de realizar el impuesto de sucesiones regimos por la ley del 2010? Cuál es el mínimo exento?
Muchas gracias
Un saludo
Dígame la fecha de fallecimiento.
hola,
Quiero exponer mi caso, que soy un padre de dos hijos con una discapacidad del 66%, compre un piso que ahora valdra unos 120000 €, hace años y ahora estoy sin trabajo debido a mi enfermedad, no puedo pedir la invalidez permanente por que mi piso lo tengo alquilado. Habia pensado hacer una donacion a uno de mis hijos teniendo en cuenta mi discapacidad ya que supongo que sera mas economico el traspaso, mis hijos son menores de edad. Me gustaria saber si podria poner este bien a nombre de mis hijos o mi esposa y poder se beneficiario de la tributacion por discapacidad permanente, ya que nuestra posicion no es nada favorable.
Muchas gracias
sergio
No entiendo muy bien su pregunta, y que se refiere con eso de ser beneficiario de la tributación por discapacidad.
Mi hermano y yo compartimos un piso de vivienda habitual al 50%.En caso de fallecimiento le he dejado como heredero(valor del piso unos 100.000,00euros)¿cuanto tendría que pagar al aceptar la herencia?.El a mi me ha dejado su mitad como usufructuaria, pues tiene un hijo como heredero.Supongo que en caso de fallecer el seria su hijo el que tuviera que pagar por la herencia.¿que cantidad seria? vivimos en Terrassa (Cataluña) Muchas gracias.
La herencia entre hermanos suele ser cara. En el caso de que la herencia valga 100.000 euros el impuesto serían 13.400 aproximadamente.
En el caso suyo, si se dan las circunstancias, y creo que sí, podrían constituir una relación convivencial de ayuda mutua. De esta manera tendría bonificado el 95% del valor de la vivienda habitual, entre otras circunstancias, y pagaría 0 si la herencia es el piso de 100.000 euros.
Le adjunto un enlace de mi blog a un ejemplo concreto.
https://www.notarialuisprados.com/un-ejemplo-de-la-fiscalidad-de-las-situaciones-convivenciales-de-ayuda-mutua/
Si necesita más ayuda no dude en ponerse en contacto con nosotros.
Estoy haciendo los cálculos para determinar el valor a pagar por un hijo (mi hijo) para una herencia de 500.000 euros y aplicando las tablas de reducción de la base imponible por hijo (100.000 euros), los porcentajes de cuota a aplicar por cada tramo y la bonificación (reducción) del 99% de la cuota en cada tramo me sale siempre un valor de aproximadamente la mitad del que Vds. indican en varios casos que he seguido (500.000 euros, 200.000 euros…). Podría desarrollarme numéricamente el ejemplo de 500.000 euros?.
Para mí es de gran importancia pues el caso es muy complejo: Tengo dos hijos, uno de 36 años y otro de 40 años discapacitado en un 96%. El reparto de bienes en mi testamento que estoy a punto de realizar (aproximadamente 1.500.000 euros) puede quedar afectado.
Una segunda pregunta; mi hijo discapacitado tendrá una exención en la base imponible de los primeros 650.000 euros como discapacitado, se le suma a esta cantidad los 100.000 euros que le corresponde como hijo? .
Muchas gracias por su atención
Hola,
Mi consulta es la siguiente, mi padre tiene un dinero ahorrado y me he realizadonuna transferencia de 28.000€ a mi cuenta para poder comprarme un piso. En este caso se considera donación? Se debe tributar? Estamos un poco perdidos con este tema.
Gracias por adelantado, por su ayuda.
Es donación, que si es para la compra de la vivienda puede bonificada al 95% siempre que se haga en escritura pública, y alguna condición más, referente al plazo entre la donación y la adquisición de la vivienda, renta del donatario y edad. Puede ver nuestra entrada cuanto cuesta una donación
https://www.notarialuisprados.com/cuanto-cuesta-una-donacion/
Vivo en Andalucía, tengo un sobrino ahijado y me gustaría heredarle el piso donde vivo, el piso esta valorado en 40000 euros, ¿ cuanto tendría que pagar?
Buenas tardes. Somos 6 sobrinos y mi tia tiene hecho testamento a partes iguales, En el banco hay unos 600000euros mas un piso que esta alquilado,
Qusiera saber que porcentaje de derechos reales nos tocaria pagar del dinero en efectivo y de la vivienda. La vivienda es un inmuble del año 1967 y no es su vivienda actual pues vive en una residencia. Gracias
La contestación requiere saber el lugar de residencia de su tío, y el valor de la vivienda, pero suponiendo en que todo es en Catalunya, en especial la residencia de su tío, y que cada sobrino recibe incluyendo el valor proporcional de la casa, 125000 euros, la cuota por heredero estaría en los 18000 euros aprox. A esto habría que sumar la plusvalía municipal.
De todo modos tenga en cuenta que hay muchos factores, los cuales desconozco, que podrían influir, como es el caso de posibles minusvalías, edad y residencia de los herederos…
La residencia de mi tio es en cataluña y los sobrinos tambien residen en catalu de 50 ña, todos mayores de 50 años.el inmueble tiene un valor catastral de 103000euros. y ninguno de los herederos tiene minusvalia alguna.
De nuevo gracias
Pues creo que ya está contestada
Una cuenta con 100.000€ aprox., si mi madre fallece (Catalunya) cuanto habría de pagar
Si solo se hereda esa cuenta nada
Mi madre me deja un piso en el testamemto,somos tres hermanos,el piso tiene que estar sobre los 150.000, tengo que pagar?
Muy posiblemente nada o muy poco. alrededor de 70 euros. Además debe de tener en cuenta el importe de plusvalía municipal, que depende del valor catastral.
Mi suegra murió el pasado mes de Enero. Deja en diferentes cuentas unos 65,000 euros. Y un piso. Mi mujer es heredera universal (En navarra de donde era mi suegra, y no existe legitima, ya que tiene un hermano) y la fallecida creemos no ha perdido la vecindad foral navarra ya que su ultimo empadronamiento en Barcelona data de agosto 2006. Pregunta. Ya tenemos todos los certificados de diferentes cuentas a fecha de su fallecimiento..Se puede ingresar en hacienda catalunya modelo 650 o en navarra? Es lo mismo en una comunidad u otra?..
Por lo que me dice creo que la hacienda catalana es la competente, pues el lugar donde más tiempo ha residido la causante en los últimos cinco años.
Tengo un piso en venta,un marroqui con residencia en francia y NIE frances quiere comprar el piso,mi pregunta es..¿ puede comprar con el NIE frances en españa?.¿que necesita para comprar?.gracias.
Le dejo el siguiente enlace de mi web. Es necesario un NIE español
https://www.notarialuisprados.com/obtencion-del-nie-para-operaciones-ocasionales/
Si le hago una donación por transferencia a la cuenta de mi sobrina de 120.000 euros para compra de vivienda, cuánto tendría que pagar de impuestos? (Residentes ambos en Catalunya). Muchas gracias.
Aproximadamente 18.000 euros. Los sobrios no tienen derecho a reducción en la donación de las cantidades para adquirir vivienda.
Mi padre, viudo, me ha dejado como heredero universal todos sus bienes, mi hermano tiene derecho a reclamar , algo??,,residimos en Catalunya
En principio su hermano tiene derecho a la legítima, salvo que en el testamento haya sido desheredado.
Mi abuela me ha dejado en testamento 300.000 euros en efectivo.vivo en barcelona.mi abuela murio el 20/01/2016.que tributare????
No podemos contestar esa pregunta por esta vía, por razones de confidencialidad, si quiere póngase en contacto con nosotros y tendrá información puntual de todos los tramites.
Hola. Le felicito por su página, que sirve de ilustración a mucha gente.
Mi tema es el siguiente: Trabajo, desde hace 3 años, como empleada de hogar interna, las 24 horas del día todos los días de la semana, en una casa, sin contrato, cuidando a su dueña. La dueña de la vivienda, que se encuentra mal de salud, desea que sea yo quien herede su vivienda cuando ella muera. La vivienda, que es del año 1.969, está en Sant Andreu, con un valor de mercado aproximado de unos 270.000€. Y la pregunta que le hago es cuál sería la mejor forma y la más económica de efectuar esa operación (imagino que otorgando un testamento y nombrándome heredera), y cuanto debería pagar aproximadamente por recibir dicha vivienda en herencia.
Muchas gracias.
Una herencia de tales características rondaría los 75000 euros de impuesto de sucesiones, a lo que habría que sumar la plusvalía. La única manera de reducir la carga fiscal dentro de la legalidad sería a través de las situaciones convivenciales de ayuda mutua, con lo que la cuota por impuesto de sucesiones sería cero euros.
Le adjunto una entrada de mi blos sobre esta materia
https://www.notarialuisprados.com/un-ejemplo-de-la-fiscalidad-de-las-situaciones-convivenciales-de-ayuda-mutua/
buenos días, mi pregunta seria, al heredar mis hermanos y Yo recientemente la casa de mis Padres en Cataluña, y somo tres hermanos, yo como el Mayor podría disponer para venderla?, si ellos se oponen por mayoría, que podría hacer?
Gracias por atenderme
Un pleito.
Buenas tardes, vivo con mi pareja de la que soy tutor (discapacidad por ambolia) ella tiene testamento y deja sus bienes a padres, hermanos e hijo. Testamento realizado antes de la enfermedad. Si ella faltase antes que yo, tengo algún derecho sin estar en testamentos.
Le adjunto esta entrada.
https://www.notarialuisprados.com/que-derechos-tengo-si-quedo-viuda-o-viudo/
Podría tener derecho a una remuneración por tutor si lo estima el juez y a ser reintegrado de los gastos que la tutoría le ocasione
Hola
somos tres herederos mi padre , yo y mi hermana.
Mi madre fallecio en dec 2015
tenemos una casa construida en 1984 valor actual de venta 240000 euros
my pregunta : el impuesto de succesion sera muy poco pero despues al momento de venderla , como se calculara la plu valia ?
Pues dependerá el valor de la finca en el momento de la venta y del tiempo trascurrido desde el fallecimiento de su madre y la venta que hagan ustedes
LA CASA SE COMPRO EN 1984 POR 1350000 PESETAS Y PENSEMOS VENDERLA EL MES PROXIMO POR 250 000 EUROS
Hola Luis, gracias por esta pagina. Mi pregunta es la siguiente: fallece mi tia, italiana, residencia en italia, y me deja en italia unos pisos en herencia, yo italiana, residente fiscal en espana.
Tengo que tramitar aqui (Catalunya) tambien la sucesion?
Existe la posibilidad de pagar a plazos? Gracias!
Lo mejor es que se haga ese trámite en Italia, cuya ley tanto sucesoria como fiscal, será, por lo que me dices la aplicable.
Soy del Baix empordà,mi padre falleció y nos dejó en herencia el dinero de su cuenta bancaria, unos 32000€ .
Que % tengo que pagar a Hacienda de esos 32000€?
Tengo 48 años y los herederos somos yo y mi hermano que tiene 62 años y está jubilado.
NO tendrá que pagar nada. Eso si tendrá que presentar una declaración en hacienda, aunque salga con cuota 0. Si necesita cualquier ayuda, no dude en ponerse en contacto con nosotros.
Buenas tardes,
Me gustaría saber si tendría algún tipo de deducción de impuestos de cualquier tipo por la venta de mi casa, teniendo en cuenta que tengo una Incapacidad Total por parte de la Seguridad Social y un grado de discapacidad por parte de la Generalitat de Catalunya del 43%.
En espera de su repuesta, reciba un cordial saludo.
Muchas gracias.
Os agradecería una respuesta a una gran duda:
Soy de Galicia, y nuestro derecho Civil contempla la apartación.
Estoy intentando localizar para un familiar esa figura en el derecho catalán y estoy totalmente atascada.
La consulta es:
¿qué figura se utiliza para transmitir en vida bienes (piso) a un hijo; en el sentido que se utiliza en el derecho civil gallego la apartación?
Sentencia TS 9/2/16
En el derecho de Galicia
Por la apartación quien tenga la condición de legitimario si se abriera la sucesión en el momento en que se formaliza el pacto queda excluido de modo irrevocable, por sí y su linaje, de la condición de heredero forzoso en la herencia del apartante, a cambio de los bienes concretos que le sean adjudicados.
La formula más parecida sería la donación en pago de legítima futura con renuncia al posible suplemento, que podría ser objeto de rescisión
Le dejo la referencia legal
Artículo 451-26. Renuncia a la legítima futura.
1. Son nulos los actos unilaterales, las estipulaciones en pacto sucesorio y los contratos de transacción o de cualquier otra índole otorgados antes de la muerte del causante que impliquen renuncia al derecho de legítima o que perjudiquen a su contenido.
2. No obstante lo establecido por el apartado 1, son válidos, si se otorgan en escritura pública:
a) El pacto entre cónyuges o convivientes en unión estable de pareja en virtud del cual renuncian a la legítima que podría corresponderles en la sucesión de los hijos comunes y, especialmente, el pacto de supervivencia en que el superviviente renuncia a la que podría corresponderle en la sucesión intestada del hijo muerto impúber.
b) El pacto entre hijos y progenitores por el que estos últimos renuncian a la legítima que podría corresponderles en la herencia del hijo premuerto.
c) El pacto entre ascendientes y descendientes estipulado en pacto sucesorio o en donación por el que el descendiente que recibe de su ascendiente bienes o dinero en pago de legítima futura renuncia al posible suplemento.
3. La renuncia hecha en pacto sucesorio o donación de acuerdo con el apartado 2.c puede rescindirse por lesión en más de la mitad del justo valor de la legítima, atendiendo al importe que tendría la legítima del renunciante en la fecha en que se ha hecho. La acción puede ejercerse en el plazo de cuatro años a contar del otorgamiento del pacto.
En 2006 compre un piso con mi pareja y me obligaron a hacerme un seguro de vida, ahora estoy pendiente de cobrar dicho seguro por invalidez permanente absoluta. Mis dudas son, estando el seguro a mi nombre, la cantidad a cobrar que voy a percibir, va al banco donde tengo la hipoteca o me dan el dinero a mi ? En caso de, que sea a mi quien me de el dinero, cuanto tanto por ciento tengo que tributar ? Gracias.
NO se que tipo de seguro tiene usted contratado, por lo que una contestación es difícil. No creo que se trate de un seguro de vida, porque el riesgo es el fallecimiento. Si es de invalidez puede tener derecho a una bonificación, pero depende de muchas variables pero me imagino que se lo dirá la entidad aseguradora. Si el seguro es de amortización del préstamo lo percibirá el banco
La normativa legal es esta
1.º) Cuando se perciba un capital diferido, el rendimiento del capital mobiliario vendrá determinado por la diferencia entre el capital percibido y el importe de las primas satisfechas.
No obstante lo anterior, si el contrato de seguro combina la contingencia de supervivencia con las de fallecimiento o incapacidad y el capital percibido corresponde a la contingencia de supervivencia, podrá detraerse también la parte de las primas satisfechas que corresponda al capital en riesgo por fallecimiento o incapacidad que se haya consumido hasta el momento, siempre que durante toda la vigencia del contrato, el capital en riesgo sea igual o inferior al cinco por ciento de la provisión matemática. A estos efectos se considera capital en riesgo la diferencia entre el capital asegurado para fallecimiento o incapacidad y la provisión matemática
Mi madre fallece en uruguay en 2015 (es residente uruguaya) yo soy residente fiscal en barcelona.
Tengo que tributar en españa la herencia de sus depositos en uruguay? y de su piso en barcelona?
gracias
En mi opinión tendrá que realizar una liquidación en España por toda la herencia y otra en Uruguay por los bienes de allí. Y luego ver si hay algún tratado de doble imposición.
Hola Mi padre tiene 2.300.000€ en rentas vitalicias, somos cuatro hermanos cuanto deberíamos pagar cada uno. Muchas gracias por este blog.
Se tendría que analizar el producto, y su fiscalidad, pues no siempre tributa por sucesiones. Pero para hacerse una idea que un hijo herede 575000 (la cuarta parte de los 2.300.000) sin aplicar ninguna reducción, tiene una fiscalidad de 6400 euros aprox.
Mi madre fallecida en marzo de 2016 tenia una cuenta conjunta con mi hermana pequeña (que fue quien la estuvo cuidando durante su enfermedad) de 100.000 euros, con mi hermana mayor no tenemos relacion y yo no quiero nada. ¿Como tenemos que hacerlo para que mi hermana se quede con el dinero?¿Cuanto tendria que tributar?
Vivimos en Cataluña
Todo depende de si existe o no testamento. Sin saber quienes son los herederos y las posibles consecuencias de las renuncias de herencia es imposible contestar. De todos modos una herencia de 100.000 a favor de los hijos estará exenta con toda seguridad.
Mis padres y yo tenemos un piso en propiedad, yo tengo el 50% y mis padres el otro 50%.Mi padre falleció este año sin dejar testamento. Como queda el porcentaje si somos 5 hermanos a la hora de tramitar la herencia?
Depende la ley aplicable a la sucesión, pero lo más probable es que sea para los cinco hijos, y con una participación de la viuda en usufructo.
Vamos a heredar un piso en barcelona y quisiera saber que tengo que pagar
Depende muchos factores, como cuantos heredan, valor del piso, parentesco entre fallecido y heredero….
Soy soltera y no tengo hijos, solo tengo mi madre de 86 años, 2 hermanos y 4 sobrinos. Mi patrimonio total debe de ascender a unos 400.000€ (incluida la vivienda), tengo una enfermedad y por ello quisiera dejarlo todo resuelto. A quien debería dejar como heredero para pagar menos? . Y se lo dejo a mis hermanos cuanto deberían pagar?
Hola, soy heredera por testsmento de mi tía viuda, los últimos años ha vivido conmigo y le he cuidado, tengo alguna bonificación en el impuesto de sucesión? Y que tanto por cierto he de pagar en una cantidad de 400000€?
Gracias de antemano
voi a heredar un piso de 50metros cuadrados con valor tasado en 67000 euros en catalunya tendre que pagar impuesto de sucesiones ya que vivo en el pisos hace ya mas de cinco años y saber cuanto es la plusvalia
Necesitamos saber valores del piso y que parentesco tiene usted con el fallecido. Si tiene dudas llámenos por tfno.-
Buenas tardes y gracias por contestar.
Mi padre va a dejar una herencia de unos 100000€ en cuenta corriente y dos pisos con un valor catastral de unos 310000€ en Cataluña. Hecho el testamento a favor de mi madre, ¿tendría ella que pagar algún impuesto? ¿Algo de esa herencia pasa de forma forzada a mi, tendria que pagar algo? Gracias
La cantidad a pagar por impuesto de sucesiones, será casi insignificante, si bien la cuantía exacta con los datos que nos da es imposible de calcular, además que puede haber situaciones de su madre, como la edad, que podrían tener influencia.
Lo que tendrá que pagar es la plusvalía municipal de los pisos. Igualmente su cuantía depende del valor catastral del suelo y las normas fiscales de cada ayuntamiento.
Hola, Mi abuelo falleció el año pasado y ha dejado en herencia un piso por valor de 58.000 euros. Lo vamos a vender y repartir entre los herederos. Que son los hijos/as de mi abuelo. De ellos han fallecido 2. Esta herencia es para los hijos (nietos) de los hijos de ami abuelo. Aprox sería una herencia de 5000 o 6000 euros por persona. Que impuestos hay que pagar? Cuanto pueda salir pagar a Hacienda? Muchas grancias
Muy probablemente no habrá que pagar impuesto de sucesiones, pero me faltan datos para poder opinar con mayor fundamento. Lo que si habrá que pagar es la plusvalía municipal, que depende del ayuntamiento donde este el inmueble.
Buenos días, mi madre falleció hace 12 años y no tenia herencia, la aceptamos y demás, mi padre se quedó con el 50% mas usufructo y nosotros el resto. Ahora ha fallecido mi padre, somos 3 hermanos. Queremos vender el piso. Tampoco tiene herencia hecha. El piso está en Barcelona, ¿que debo de pagar en la venta a parte de la plusvalía? ¿Tengo impuesto de sucesiones? el piso tiene unos 70 metros y estará valorado en unos 150.000€. Muchas gracias.
Con ese valor no creo que se tenga que pagar impuesto de sucesiones pues el mínimo excepto por hijo son 100.000 euros. Pero la plusvalía habrá que pagarla.
Es un piso que se va a vender por 58.000 euros y se va aceptar la herencia con ese bien Mi abuelo falleció en mayo del año pasado y se reparte ese bien, entre mis 2 tias que viven y otra tia que falleció y mi padre que también falleció. La herencia entre los hijos ya fallecidos de mi abuelo irán a sus hijos, es decir los nietos del abuelo?
Aparte hay que pagar Hacienda? o si ya estás exento del impuesto de sucesión también estás exento de Hacienda? Y para saber la plusvalía municipal como se calcula.
Perdone, pero con esos datos no puedo contestarle. El impuesto de sucesiones depende de varios factores, que sin conocerlos resulta imposible responder. Plantee su caso directamente en un otario de su localidad, o si quiere que le hagamos un estudio, puede hablar con nosotros y comunicarnos vía mail.
Herede una herencia y tengo ke pagar la legítima el impuesto de sucesiones tengo ke pagar el total. Que son 85000 o los herederos de ls legítima tienen s ue pagar su parte. En Cataluña, grsciss
Si usted es hijo del fallecido y el importe de la herencia no excede de 100.000 no tendrá que pagar nada.
Hola Luís. Con mi hermano tenemos al 50% una casa en Catalunya heredada de mi padre y él quiere disolver el proindivisó y quedarse con el 100%. A efectos de impuestos, la parte que “vende”, deberá pagar el IRPF, ¿pero puede deducirse lo que pagamos en el impuesto de sucesiones?
¿Ocurriría de la misma manera en una disolución con compra venta entre ambos?
¿Quién debe pagar el AJD en una disolución?
Han pasado muchos años y no recuerdo qué impuesto de sucesiones pagamos, ¿dónde podría consultar el importe? En la aceptación de la herencia no figura.
Muchas gracias y un saludo
Buenas tardes, y muchas gracias por sus contestaciones.
Mi madre acaba de recibir 150.000 € por la venta de un piso en Barcelona. Mi padre falleció hace años y ella era la única titular. Desea hacerme una donación de la totalidad de la cantidad recibida por la venta. Podría decirme que bonificación tengo en mi calidad de hijo y que cantidad aproximada debería abonar?. Es obligatoria otorgar escritura pública por esta donación?
Mi hija vive en un piso de mi propiedad que no es mi domicilio habitual. En caso de fallecimiento tiene que pagar más que si fuera domicilio habitual. En caso positivo ¿se podría arreglar de alguna forma? Muchas gracias.
Si saber donde residen ustedes y donde está el piso no puedo contestar.
un 5% y debe de hacerse en escritura pública.
El tratamiento de la disoluciones de comunidad es muy discutido y creo que ni en hacienda tiene un criterio claro. De todos modos lo mejor es hacer un planteamiento con números y sobre ello tomar las decisiones, quizás no sea tan gravoso como a primera podría parecer.
Mis padres quieren regalarme 40000 euros de otro país europeo mi pregunta es si tengo que pagar algo aquí en España
Quizás lo más cómodo es que sus padres trasladen ese dinero aquí y luego se lo donen
El testamento de mi padre, fallecido el 24/12/2011, dejó como heredera universal a su hermana, siendo mi hermana y yo legitimarios. Los descendientes de su hermana fallecida han renunciado dentro del periodo de liquidación del impuesto sucesiones.
Si mi hermana y yo aceptáramos la herencia ahora o mas adelante, ¿ Como tendríamos que liquidar el impuesto y cuanto podría costar en el supuesto que la base fuera de 70.000 Euros cada uno?
No se si es correcto, pero he leído que con la renuncia del heredero,
tanto la fecha como el parentesco rige la del renunciante en lugar de la del fallecido o causante.
he recibido de un tio mio que murio sin herederos 18800 euros, porque soy el unico pariente que han encontrado tengo que hacer el impuesto de sucesiones o esta exento por esa cantidad, vivo en cataluña.
gracias y un saludo.
En principio tiene una exención por los primeros 8000 euros. En cualquier caso aún cuando estuviere exento debería hacer la autoliquidación para poder desbloquear los fondos.
Hola y gracias de antemano.ha fallecido mi padre y deja testamento me nombra heredero universal de todo ( una vivienda y 6000€) y a condición de darle a mi hermano 60000€ en concepto de legítima ya que a el le dio en vida un terreno de aproximadamente 1000m cuadrados en el cual reside en esta vivienda que heredó vivo con mi familia desde hace 25 años( barcelona) la vivienda tiene 40 años y yo más 50 y el testador no vivía con nosotros ya que se volvió a casar ¿tendría que pagar por heredar?
Pagar dependerá de lo que herede. El impuesto de sucesiones está muy reducido e Catalunya entre padres e hijos, y es muy probable que no tenga que pagar nada, pero son ver documentación no puede contestar.
Mi pareja y yo estamos empadronados en la misma propiedad que es de mis padres. Su madre dice que se empadrone en su piso porque en caso de fallecimiento de ella(de su madre) tendrá que pagar menos impuestos y es mejor que esté alli. Nos conviente estar empadronados en el mismo lugar. Pero es cierto que esto es recomendable? Estamos hablando de Barcelona, Cataluña.
La única transcendencia podría ser a efectos del impuesto de plusvalía municipal, y eso depende de la ordenanza fiscal de cada ayuntamiento. Pero a efectos del impuesto de sucesiones lo único que importa es el carácter de vivienda habitual de la persona que fallece no de los herederos.
Gracias de antemano x su respuesta. Vivo en casa de mi suegra con mis 2 hijas de 15 y 17 años, hace unos meses fallecio mi marido. Les ha dejado mi suegra en testamento la casa a mis hijas. Es en barceloba y el valor catastral es de 53.000€ . Mi pregunta seria. Al ser menores deben pagar la herencia y en ese caso cuanto es aprox. Saludis
Muy probablemente no deberán pagar nada. A lo más el impuesto de plusvalía municipal.
Buenas tardes. Mi consulta es acerca de una nuda propiedad y un usufructo. Tras el fallecimiento de mi padre (en 1996. La aceptación de la herencia se hizo en 1997), heredé la nuda propiedad de un inmueble mientras que mi madre (76 años) heredó el usufructo. Este pasado mes de febrero falleció ella y, entiendo, he de liquidar impuesto en relación a ese tanto por ciento de su usufruto. ¿Cómo podría calcular a cuánto me subiría? Ya que lo malo es que no encuentro la liquidación que realicé en el 97 en relación a la nuda propiedad… Muchas gracias.
Habría que recalcular el impuesto devengado, y saber el tipo medio de gravamen aplicado en su momento, si se aplicaron reducciones y si se agotaron, todo lo cual constará en la escritura de partición de herencia. NO es difícil, pero hay que sentarse a hacerlo. Si necesita ayuda póngase en contacto nosotros.
Buenos días y gracias por adelantado. Mi madre falleció en diciembre de 2010 y aceptamos la herencia casi un año después (diciembre de 2011, previa solicitud de prórroga). Mi hermana heredó la vivienda habitual de mi madre y se acogió a la bonificación correspondiente, por lo que no tuvo que pagar nada a hacienda. Paralelamente, durante ese año de impass, mi hermana desarrolló un cáncer de mama con metástasis pulmonares y obtuvo una invalidez permanente absoluta con fecha de 26 de enero de 2012. A los 4,5 años de la muerte de mi madre, en Junio de 2014, mi hermana vende el piso que heredó y este mes hacienda le reclama 8.500 euros por pérdida del derecho de reducción.
La pregunta es: ¿El hecho de que mi hermana tenga una Incapacidad Permanente Absoluta le exime del pago del Impuesto de Sucesiones? (Nunca solicitamos un reconocimiento del grado de discapacidad… que entiendo que es otro tema…).
Las minusvalías deben de estar reconocidas ene l momento de heredar. La lástima es no haber esperado unos meses para vender. NO se lo dijo nadie?
Sí se lo dijeron pero finalmente parece que no lo tuvo en cuenta…
Muchas gracias por la respuesta!
Hola. Mi madre ha fallecido recientemente. Somos tres hermanos. Disponía de una casa (valor 200.000€), un piso (250.000€) y una cuenta corriente (200.000€).
1.- En caso de venderlo todo. ¿Cuanto tendríamos que pagar por el impuesto de sucesiones?
2.- En caso que yo me quede la casa . ¿Cuanto tendría que pagar si la quiero tener como vivienda habitual?
muchas gracias
Acuda a un notario o un abogado de su localidad. La pregunta tal y como está formulada, es de imposible respuesta, porque habría que saber la ley aplicable.
De todos modos, el impuesto de sucesiones se paga por heredar, y es independiente de los impuestos que pueda generar la venta de los bienes heredados.
Hola, estupenda página y respuestas. Dos hermanos heredamos el piso de nuestro padre en Barcelona a medias, valorado en 260.000 euros. Yo le voy a “comprar” su parte al repartir la herencia. Mi hermana vive en territorio foral vizcaíno. ¿Cuánto nos corresponde pagar?
La herencia debe calcularse en su totalidad. Suponiendo que el piso es el único bien, de impuesto de sucesiones prácticamente no pagarán nada. Deberán contar con el pago de al plusvalía municipal. Y si usted compensa a su hermano (le compra su parte) podría haber lugar a una tributación por AJD por el importe de la compensación. Esto de todos modos es una cuestión delicada, porque siempre puede ofrecer dudas, y ni siquiera los criterios son uniformes.
Buenos días.
Mi suegra formaba una unión estable de pareja y estaban registrados como parejas de hecho con un señor que ha fallecido este mes de Junio. Vivian en Juneda (Lleida) ella es la heredera univerdal pues el era soltero y no tenia familia. Ha heredado una vivienda que tiene un valor de unos 150.000€ sólo ha heredado la vivienda.¿ Cuanto debería de pagar de impuesto de sucesiones?¿ Las parejas de hecho tienen bonificaciones igual que los matrimonios?
Gracias
siendo ustedes de Lleida, lo mejor sería que pasen por la Notaria y podríamos hacerle un planteamiento global. En principio, las parejas de hecho tienen el mismo trato que el matrimonio.
Hola!! Mis padres compran un piso por valor de 150.000€ en enero del 2004, mi padre hace testamento en abril del 2005, y fallece en diciembre del 2005, despues de una larga enfermedad, y deja heredera libre universal a mi madre sustituida vulgarmente a mi hermana, sustituida vulgarmente por sus descendientes.
Mi madre en marzo del 2008, renuncia a la herencia de mi padre a favor de mi hermana y le dona el piso, hay escritura de herencia y escritura de donación, pero yo no he sabido nada hasta que mi madre que acaba de fallecer y mi hermana me ha dado copia de esas escrituras. Somos de Barcelona, concretamente de Badalona. Mi pregunta es¿A que tengo yo derecho, solo somos dos hermanos ella y yo?
Usted tiene derecho a la legítima.
Mi marido fallecio el pasado mes de Abril y teniamos una cuenta de ahorro conjunta en la que habia uns 15.000 euros. Se debe descontar de eso 5.000 euros de lo que costo el entierro.vivimos en Barcelona. Soy su heredera ¿Cuanto debere pagar de impuesto?
muchas Gracias
Cristina
Lo primero que debería hacer es pedir un certificado de últimas voluntades y saber si su marido hizo testamento o no.
Si la herencia es solo el dinero que me dice, no se pagará ningún impuesto. Lo único que deberá hacer es una liquidación fiscal, que saldrá a pagar 0, para que se pongan las cuentas a nombre del heredero, usted o quién lo sea.
Hola!! mi abuela dejó en herencia a mi tia todos sus bienes, entre ellos un piso en la barceloneta en el cual mi padre es el que está viviendo ya que lo tiene en usufructo porque no está bien mentalmente. Resulta que mi tia no ha hecho aun aceptación de herencia (no se si se dice así porque la verdad con este tema estoy bastante perdida). Cuestión mi tia es muy mayor ya y tiene tres hijas, mi padre me tiene a mi y a un hermano que tampoco está bien mentalmente. Mi tia desea que ese piso tambien lo pueda utilizar mi hermano para el dia de mañana pero dejarmelo a mi en herencia y a sus hijas ya le dejaria otra casa. No se muy bien como hacer todo esto, ¿tiene mi tia primero que aceptar la herencia de mi abuela para luego poder ponerla en su testamento? ¿ que coste tendría esto si fuese así? y si me la deja a mi de herencia que debería pagar yo por recibir ese piso? No se donde informarme de todo esto, tengo bastantes dudas
Puede hacer testamento sin poner el piso a su nombre. El coste del testamento es poco unos 50 euros. Ponerlo a su nombre depende del valor del piso y de otros factores que desconozco.
He recibido un herencia de un piso de mi padre , hemos vendido el piso , somos 4 hermanos.
Soy pensionista de una absoluta y tengo el 33 % de discapacidad, tendria algun descuento a la hora de pagar la plusvalia que me pertenece?
VIVO EN SABADELL Barcelona
Pregunte en el ayuntamiento de Sabadell. Las plusvalías son impuestos municipales, habría que ver la ordenanza de Sabadell.
Hola Luis Prados y de ante mano, felicidades por tu pagina. Te explico:
Mis padres tienen un piso+parking valorado en unos 150.000 euros y una casa unifamiliar valorada en unos 400.000 euros. Somos 3 hermanos de los cuales dos vivimos en cataluña (igual que mis padres) y mi otro hermano en Canarias. La idea de mi padre es hacer en vida un testamento sabiendo la opinón de nosotros 3 a la hora de hacer las particiones. La idea seria dividir en 3 cada immueble con un precio inferior al del mercado para poder asumirlo los hijos. Entonces los dos immuebles serian para los hijos que vivimos aqui y las partes del piso y la casa, en dinero, darselo al de canarias. Hasta aqui esta entendido?
Mis padres tienen creca de los 75 años y esto seria efectivo una vez fallecieran. ¿Cuanto tendriamos que pagar de impuesto de sucesiones por cada immueble? No hay pensamiento de vender ningun immueble. ¿Es mejor donación, herencia o simplemente hacer un cambio de escrituras? ¿A nivel de hacienda,hay que declararlos una vez sean de cada hijo?
Gracias de nuevo y perdona por lo extenso del argumento
Si hay un testamento, toda la eficacia y el pago del impuesto de sucesiones, queda diferido al momento del fallecimiento. Su padre hasta entonces será dueño, y podrá vender los bienes así como cambiar el testamento.
Les noto un poco desorientados, consulten directamente a un Notario de su localidad, o si quieren vengan por mi despacho.
Cuando murio mi padre hace 18 años ,mi madre heredo la parte de mi padre y a mi se me consigno la legitima. Mi madre esta muriendose y querria saber que me tocaria pagar de impuesto sucesion sabiendo que los valores catastrales hasciende a 456.000€
Gracias
Tendría que saber en que consiste esa consignación, pero podría ser que nada, por estar prescrito el impuesto.
Sobre el correo anterior es en Barcelona
Buenos días,
Hace unas semans falleció mi abuela. En herencia deja su casa a su hija y unos 105.000€ a sus 3 nietos. Supongo que la hija (mi tía) deberá pagar la plusvalía, pero los nietos que heredaran unos 35.000€ cada uno, ¿qué nos toca pagar?
Un saludo y gracias.
Tendría que saber la residencia fiscal de su abuela, pero si fuese en Catalunya, los nietos tienen una reducción de 50.000 euros.
Muchas gracias por tú respuesta. Sí, es en Catalunya, ¿lo de la reducción significa que no se tiene que pagar impuestos?¿igualmente se debe hacer algun trámite?
Se tendrá que presentar a la hacienda de Catalunya, con cuota cero
Muchas gracias por tu respuesta. Sí, la residencia es en Catalunya. ¿La reducción de 50.000€ significa que no deberíamos pagar nada?¿aunque no tengamos que pagar nada hay que hacer algún tramite al recibir la herencia?
Un saludo.
Siento la repetición, no veía la mi primera respuesta y volví a enviarla. Perdón.
Hola quizas no me explique correctamente en el correo del 8 de julio. El impuesto de la legitima ya lo pague. Lo que pregunto es que como soy heredera universal que me tocara pagar de herencia cuando fallezca mi madre si la suma de los valores catastrales asciende a 456.000€.
Muchas gracias y perdone
Cuando el albacea no colabora en agilizar el proceso de aceptación y el plazo de los 6 meses fine, que se puede hacer para no incurrir en retraso? El problema es que no puedo completar correctamente los modelos liquidadores 660 650 porque no tengo datos de los otros participantes de la herencia. Así como los datos económicos son los que son, no tengo toda la documentación que se me solicita etc…
Debería ver el testamento para poder contestar.
Buenas tardes
Si se vende la vivienda habitual en Cataluña heredada por la esposa cuyo valor no llega a los 130.000€ antes de los cinco años se pierde la bonificación. Tengo entendido que hasta 240.000€ està exentó
Perdone pero no entiendo bien su pregunta
Buenos dias,
Mi padre tiene una casa y un piso en la provincia de Girona y nos estamos preguntando con mi hermana y mi padre de que manera saldria mejor de precio lo que hay que pagar al notario. En caso de donacion, de venta o de sucession cuande el ya no este ?
Gracias por su respuesta
hola, mi madre me dona un piso valorado en unos 150.000 €.
Yo actualmete tengo 55 años y una hija con una minusvalia del 33%.
El piso esta barcelona ciudad.
Cuanto me costara en impuestos mas o menos ponerlo a mi nombre?
Seria mas economico que los donase a mi hija, osea su nieta?
un saludo y gracias.
Buenas tardes
¿La bonificacción sobre el impuesto de sucesiones si se herada la vivienda se mantiene si no se vende la casa antes de los 5 años esto es asi? Pero como le he preguntado antes ¿si el total de los heredado no supera los 240.000€ está exento del impuesto de sucesiones ? ¿entonces como no supera el valor de la vivienda los 240.000€ se puede vender antes de los 5 años sin perde la bonificación?
Usted si vende deberá devolver el importe bonificado con los intereses. Si lo bonificado es 0 no habrá que devolver nada, pero aun así deberá practicar una liquidación complementaria solicitando el levantamiento de la afección fiscal. Lo que no entiendo es porque se pidió una bonificación, que no era necesaria.
Hola buenas tardes
Que tendria que pagar de impuestos al heredar, de mi madre, una casa en Cataluña con un valor catastral de 44.712 euros. y una cuenta de 70.000 euros.
Soy hijo único y tambien resido en Cataluña
Saludos y muchas gracias
Nada, salvo la plusvalía municipal.
En mi declaración de renta de ese año tendría que declarar la entrada del capital mobiliario y el inmobiliario también??
Si es así, ¿ como se vería afectada mi declaración de renta?
Saludos y muchas gracias
Gracias por su atención, mi madre es propietaria del 80% de una pequeña empresa dedicada a la explotacion de viviendas en régimen de alquiler, el 20% restante es de mi hermana, en caso de heredar mi hermana, estaría bonificada al 95%?
Muy agradecido
Hola buenas tardes: Somos matrimonio residentes en Cataluña,en regimen de gananciales.Tenemos una vivienda arrendada y quiero donarle 50%a mi mujer .Valor catastral 60.000 euros.A la hora de escriturar,(barcelona) se multiplica por 2 y ese es el valor real que hacienda aceptaria?osea 120.000.euros?Tendria que pagar el 5%de la mitad como impuesto de donacion?.Tiene alguna bonificacion,reduccion.La escritura seria igual de costosa que una compra-venta? Lo de la plusvalia y IRPF lo consultare al ayuntamiento y a hacienda.Con esta donacion mi mujer seria la propietariaABSOLUTA de la vivienda? .Muchas gracias.
Tengo un amigo de 85 años, casado, que quiere dejarme la parte que le correponde de la herencia, al no tener parentesco alguna, si efectuamos una escritura de convivencia de ayuda mutua, ante notario, me empadrono en su domicilio, el es de Barcelona y yo vivo a 100 km, con el consentimiento de su esposa, puedo beneficiarme de alguna bonificación al pagar los impuestos?, hay un piso y acciones
Hola buenas tardes: Mi pregunta es muy breve.Mi marido pretende donarme su parte del 50% de un piso que tenemos arrendado,vivimos en Barcelona y estamos casados en regimen de gananciales. Dejando al margen los impuestos,que nos informaremos aqui,qué nos costaria la escritura?(valor de la parte donada 85.000 euros.Valor del piso actual 170.000 euros.gracias Lena.
En primer lugar tenga en cuenta, que estando sujetos a gananciales sería posible hacerlo sin coste fiscal. El coste de la escritura depende de algunos factores, además del valor.
Buenas. Muchas gracias por su tiempo para contestar nuestras dudas. La pregunta es si conviene esperar a la herencia o es mejor una donación. Se trata de una vivienda unifamiliar en la conca de Barberà, de unos 200.000€ de valor que se reparte entre dos hijas. La casa estaba al 50% entre los padres y la madre heredó el 50% por fallecimiento del marido el pasado año.
Buenos dias (desde Barcelona)
Mi suegra ha hecho testamento y deja la vivienda en donde vive a mi hijo,su nieto.
A la venta valdria unos 120.000 euros. Mi p regunta es mas o menos cuanto costara coger esa herencia. Es igual que mi hijo vaya a vivir en ella o que decida alquilarla? Mi marido (hijo de la señora que hace el testamento) y yo iriamos a vivir con él seguramente y mi hijo no podria vender sin nuestro consentimiento porque somos usufructuarios segun testamento.
Mi marido y yo tenemos una deuda con Hacienda y no quiero que salpique a mi hijo….
Buenas tardes, mi marido y yo somos herederos de un señor, no tenemos ningún parentesco. Para una cuenta de unos 30.000 euros, ¿cuánto tendremos que pagar en el momento de aceptar la herencia? ¿Cada uno debemos pagar por un lado o un total?
Por otro lado, le compramos la casa, él es usufructuario y todo está en orden con la Hacienda catalana. Los muebles y menaje son viejos, ¿hay que pagar algún impuesto por esto cuando se produzca el fallecimiento?
Un saludo y muchas gracias
Estamos encantados de atenderles, pero preguntas como las que nos hace no se pueden contestar por web. Necesitaríamos saber muchos más datos, para que una respuesta no genere error. Concierte una cita mejor
Cioncierte una cita y le atenderemos muy gustosamente, a la vista de la documentación precisa
Mi esposa residente en Cataluña ha heredado de sus padres en Ávila 8000€ y una casa compartida con su hermana por un valor total de 80000 € ( 40.000 cada una) mi pregunta es la siguiente:
¿ Tiene que declarar en Cataluña y cuanto pagaría ¿
la liquidación debe de realizarse en el lugar de la última residencia habitual de la persona fallecida. Si fuese aplicable la legislación catalana, hasta 100.000 euros los hijos no pagan nada.
Quisiera que me respondiese a estas dos situaciones:
1. Ha muerto mi padre en Cataluña, que deja testamento a favor de sus 3 hijos. La herencia son activos financieros valorados en algo menos de 300.000 €, por lo que deduzco que hemos de presentar la liquidación del impuesto aunque no tendremos que pagar nada.
¿Podemos repartirnos la herencia en partes iguales, tal como deja establecido mi padre, en documento privado sin intervención de la notaría?
2. Una amiga es heredera universal de una amiga de su madre residente en Cataluña, con la que no tenía ningún parentesco aunque era su tutora (la fallecida la reconocía así en documento notarial).
Esta amiga no tiene liquidez para pagar los impuestos que le correspondan. ¿Puede vender algún activo financiero de la herencia para pagar los impuestos? De no poder; ¿qué podría hacer?
Reconozco y agradezco su labor en esta página.
Son preguntas muy delicadas para contestar por web, especialmente la segunda, y más si tengo a la vista ninguna documentación. Respecto de la primera, en principio, no debería pagar nada o casi nada, y el tema de la escritura depende un poco de los bancos. Algunos la piden.
Si necesita más aclaraciones póngase en contacto con nosotros por tfno.
Hola. Mi hermano ha fallecido este mes. Ha hecho testamento y ha dejado el piso donde vivia solo, a su sobrino. Mi hermano estaba casado pero separado de hecho de su mujer por mas de 10 años. Ella nunca vivio en este piso ni nunca estuvo empadronada en él ni en la ciudad que está el piso. Tenian separacion de bienes. La pregunta es ¿ Tiene su mujer algun derecho sobre la herencia ? Todo ocurre en Catalunya.
Por lo que usted nos dice la esposa no tiene ningún derecho sobre la herencia, no si quiera aunque estuvieran casados. Si necesitan más información no dude en ponerse con contacto con nosotros
Buenas tardes,
Gracias por el articulo sobre el impuesto de sucesion en Catalunya, pero no me ha quedado claro que tendria que pagar de impuestos al heredar, de mi tia abuela 98.000€. Ambas residimos en Catalunya.
Muchas gracias!!
No es que no le quede claro, es que la liquidación de un impuesto es un acto de carácter bastante técnico, y en la entrada solo pretendemos hacer una llamada de atención a la necesidad de un correcto asesoramiento. Por tía abuela, no se muy bien lo que quiere decir. Por ello habría que ver su parentesco real de usted con ella. Si fuese grupo III la cuota sería de 13000 euros aprox y si fuese de grupo IV de 18.000 euros aprox. Dictámenes más precisos los podemos hacer previo examen de documentación.
Buenas noches
En caso de dos únicos herederos que son sobrinos políticos (no consanguíneos) por una herencia entre viviendas y citas bancarias de 1.100.000 que importe de impuestos tienen que pagar cada uno de los herederos? Todos somos de Barcelona incluido el difunto.
Gracias anticipadamente por su respuesta
Atentamente
Disculpe, fecha de fallecimiento 2016
Gracias nuevamente
HOla,
Mi padre quiere hacernos una donacion de un dinero en vida. Mi hermana vive en Cataluña y mis padres y yo en comunidad valenciana. Si mi hermana se cambia la vecindad civil a la comunidad valenciana se regiría por la comunidad valenciana para pagar los impuestos?
Los impuestos se rigen por la residencia fiscal, que debe ser la mayor de los últimos cinco años.
Hola Sr Luis mi pregunta es la siguente , al fallecer mi padre mi madre nos puso a mis hermanas y a mi en una cuenta conjunta (somos tres hermanas y mi madre) de la cual podemos acceder libremente ya que tenemos buena relacion, mi duda es que a la hora de heredar si esto nos va a traer algun problema .Gracias
si hay buena relación no habrá ningún problema. Solo que se heredará la cuarta parte de su madre
Quiero hacer donación de mi vivienda en Barcelona a mi hijo, que vive conmigo. La casa está valorada en unos 350.000 euros. ¿Cuanto tendríamos que pagar a hacienda y al ayuntamiento por la plusvalía? (la casa la tenemos en propiedad desde 1980)
gracias
esta página no es un consultorio. Solo a la vista del examen de la documentación que le pidamos podríamos hacer un presupuesto de gastos. Si está interesado póngase en contacto con nosotros por el info de la notaría.
Mi padre y mis hermanos son propietarios de una vivienda que tenemos alquilada.
Mi padre no quiere seguir pagando hipoteca y quiere vendernos, donarnos o cedernos su parte.
Cuando haga esto, yo quiero figurar también como propietaria de la vivienda (ahora pago mi parte de la hipoteca pero no figuro en ella)
¿cual sería la mejor fórmula?
Sin ver papeles, es muy difícil contestar
Gracias
Hace poco falleció nuestra tía, tenía un seguro de vida (Vitalicio) y me preguntaba si es necesario liquidación de impuestos a la Generalitat y el tipo aplicable. Muchas gracias.
Efectivamente debe liquidarlo. el tipo depende de varios factores, pero sobre todo de la cuantía del seguro
Buenos dias
Tengo una vivienda en Cataluña por herencia de un tío. Existe un plazo para poder venderla.
Desconozco las leyes catalanas
Buenas noches.
Me gustaria saber si existe algo que impida la venta de una vivienda heredada de nuestro tio, inmediatamente despues de haber inscritor la propiedad en el correspondiente Registro y haber pagado los impuestos sucesiones.
Muchas gracias
No hay ningún impedimento, salvo el tema del artículo 207 LH, pero que no impide vender
Buenos días,
–
mis dudas versan sobre una sucesión intestada. En ser el causante ascendiente directo mío (familiar de 1er grado) entiendo que el coeficiente que se me aplicaría sería el 1 (si no me equivoco). Ahora bien, si hay un inmueble valorado en 48.000euros (residencia habitual) y otro inmueble valorado en 30.000e ¿Cómo puedo calcular el impuesto a abonar? Por la residencia habitual: 0 (ya que tendría la reducción de 100.000e) pero.. y el segundo inmueble?
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¿Cambia mucho a nivel impositivo si se acepta la herencia en los primeros 6 meses?
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Y una última cuestión, mis rentas actualmente no llegan al SMI. Tengo derecho a una consulta o abogado de oficio que me ayude a calcular la totalidad de los impuestos a pagar antes de la aceptación de la herencia?
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Muchísimas gracias de antemano.
El tipo impositivo no cambia por presentación fuera de plazo, solo habrá un pequeño recargo, que se calcula sobre la cuota. Por lo datos que nos da el impuesto de sucesiones es casi nulo. Si nos da información precisa podemos hacerle un informe de coste exacto, y si hace la escritura con nosotros, todo el tema fiscal se lo dejamos hecho. Lo que debe de vigilar son las plusvalías, que depende de cada ayuntamiento. Y para lo que nos dice no hay justicia gratuita.
Sí, me preocupa en gran medida saber la cantidad resultante de las plusvalías porque tendría que abonar las dos (ya he consultado las ordenanzas fiscales de ambos municipios).
¿Podría facilitarme una dirección electrónica para llevar a cabo la consulta de una manera más exacta y también para pedirles un presupuesto de las gestiones que ustedes llevarían a cabo en el caso expuesto?
Gracias de nuevo y gracias también por la agilidad en la respuesta.
las plusvalías dependen de cada ayuntamiento y su calculo depende de la antigüedad de la propiedad del bien en la persona fallecida y de su valor catastral.
puede ponerse en contacto con nosotros a través de info@notarialuisprados.com que lo puede encontrar en la web.
Hola, mi marido y yo tenemos 20 años casados,me case en Venezuela y registre mi matrimonio en Cataluña. Allos 6 años de casados mi marido se hizo un plazo fijo que provenia de cuenta corriente conjunta. Este año decidio meterme como titular en su plazo fijo. ESTO ES UNA Donación????
ES DIFICIL CONTESTAR CON LOS DATOS QUE NOS DA, PERO PARECE QUE NO.
Buenos días. Soy de valencia, aunque supongo que sabrá contestarme la pregunta. En valencia las herencias estan exentas de pagar el impuesto de sucesiones hasta los 100.000€. La pregunta es, ese limite es por heredero o es por la herencia en total? Por ejemplo una herencia de 500.000€ entre 7 hermanos estaría exenta?
Gracias
En principio la exención es por heredero. Pero lo mejor que puede hacer es consultar con quién le haga la liquidación fiscal. Opinar sin ver documentación es muy arriesgado
en Barcelona. PIso de un valor aproximado de 300.000 €. Herencia de una hermana soltera , sin hijos, a repartir entre 9 hermanos de los cuales 7 son mayores de 75 años y los dos restantes pueden alegar discapacidad física del 33%.
Según la ley catalana tendrían que pagar por el impuesto de sucesiones, teniendo en cuenta el valor resultante para cada uno. qué reducciones son aplicables ?
Los hermanos tienen una reducción de 8000 euros, y en principio no tienen derecho a la reducción de edad, pero si a la de discapacidad si es que la tienen.
Si quiere una opinión más fundada a la vista de la documentación que le solicitemos le podemos hacer un estudio.
Hola, soy actualmente residente en Barcelona, aleman de nacionalidad, y acaba de fallecer mi madre en Alemania (ella siempre vivía allí). De la herencia me tocarán 260.000 euros de varias cuentas bancarias y 40.000 euros de derecho de un seguro de vida.
Siendo residente aquí, tengo que tributar aquí o puedo tributar en Alemania? En Alemania el impuesto por sucesión sería 0 euros, aquí entiendo que sería del 17% sobre 200.000 euros en mi caso?
Tengo cuentas bancarias en Alemania, pero la residencia la tengo aquí en Barcelona.
Hola Luis
Si mi suegro hace una donacion a su hija y a mi que soy su yerno de un terreno, que importe de impuestos debemos pagar en cataluña si el terreno en su dia le costo 35.000€?
El terreno lo compró hace sobre 10 años
Muchas gracias, saludos
Depende del valor del terreno hoy.
Sr.luis:
Mi consulta es sobre una vivienda de proteccion oficial, en barcelona capital, cuyos titulares son mis padres, y prestataria de la hipoteca y quien se hace cargo de la misma soy yo desde el inicio de la misma en el 2005, y que utilizo como vivienda habitual. ¿ mi pregunta es que me es mas beneficioso economicamente una donacion en vida o dejarmela en herencia?
Normalmente suele ser más barato heredar, pero una contestación exige valorar muchos aspectos que desconozco para contestarle.
que tipo de aspectos se refiere?
fecha y valor de adquisición, valor catastral, situación de la finca, condiciones de renta de los donantes, entre otras
Muchísimas gracias por sus respuestas. Le agradezco su eficacia y ayuda para resolver nuestras dudas Sr. Luis.
Buenas tardes,
mi pregunta es la siguiente, soy discapacitado con un 68%, mi madre murió el 16 julio 2015, somos 4 hermanos pero a uno solo le ha dejado la legitima, yo no dispongo de dinero para darle su legitima que serán unos 6000€, si yo le dono una vivienda que esta en unos 17000€, tengo que pagar el IRPF, o estoy exento.
muchas gracias
depende de que la vivienda esté ya a su nombre o al de su padre.
Hola,queria informarme,mira mi mujer junto con su hermano y la madre de los dos quieren vender un piso de la madre,el padre fallecio hace 35 años y no dejo herencia o testamento,ahora la madre quiere vender piso y le piden cambiar escrituras,quitar a su marido fallecido y quedarse ella sola,para luego vender y repartir la parte a cada hijo segun la ley. Mi pregunta es si el padre fallecio hace 35 años,para sus hijos cobren su parte,tienen que pagar el impuesto de sucesiones? Me dijeron que prescrive,entonces la cobrarian la herencia sin pagar ese impuesto?
Gracias,espero su respuesta.
Chema
El impuesto, me imagino que estará prescrito. Si quiere respuesta fundada, la haríamos a la vista del examen de la documentación que le solicitemos.
Un saludo
Y otra pregunta,por que si mi suegra quiere cambiar escrituras y quitar a su marido y quedarse ella sola,al hacerlo le piden dos testigos no familiares que conocieran a difunto en vida,el murio hace casi 40 años,si no hay nadie actualmente no familiar que queden de esa epoca y le conocieran,como se hace? No tenemos a nadie,solo familiares.
Gracias
Háblelo con su notario
Buenas,mi pregunta es que somos 4 hermanos y nuestro padre ya viudo me dejara en testamento un piso ami,mis 3 hermanos pueden reclamarme algo despues a mi??nuestro padre tiene mas propiedades..gracias.
Pues dependerá del valor global de la herencia
Mi cuñada acaba de heredar la mitad del piso tras la muerte de su marido que tenía la gran invalidez edad 62 años, dos hijo uno con 19 y la chica 24 años, tiene que pagar el impuesto de plusvalía, viven en Cataluña , Gavà,, y si lo tienen que pagar, se podrá reducir algo en el impuesto de la renta, muchas gracias, estamos preocupados por la situación
He de recordarle que esta página no es un consultorio fiscal. Solo respondemos, por cuestiones de responsabilidad, a la vista del examen de la documentación que podamos necesitar.
De todos modos, el pago de la plusvalía puede afectar en la renta, como “deducción” en el momento de la venta de la vivienda. Un saludo
gracias
Buenos días,
Cuando mi hija nació le abrimos una cuenta Plan de Futuro que ahora a los 18 años que acaba de cumplir nos han congelado porque tenemos que pagar el impuesto de donaciones para que el dinero le pueda pasar a ella. Vivimos en Barcelona y veo que este impuesto lo puedo pagar a la Agencia Tributària Catalana con el modelo 651, pero veo que también en la Agencia Tributaria Española. ¿Realmente dónde lo tengo que pagar? ¿Puedo pedir cita previa para que me rellenen el formulario? ¿Dónde?
Gracias!!
Si todos son residente es Catalunya, a mi entender es en Catalunya donde debe pagarse. Pero si le digo que esta contestación no es ningún dictamen jurídico, y la hago sin responsabilidad alguna de mi parte.
Muchas gracias!!
Hola sr. Prados, mi abuelo tenia 2 hijos mi tio y mi padre el cual era heredero universal de una casa en catalunya valorada en 400mil euros, el caso es que mi padre a fallecido y mi abuelo quiere modificar el testamento poniendo mi madre como heredera universal, con el tema reducciones y impuestos nos surge la duda de como seria mas rentable? Poner en el testamento a mi madre (nuera), a mi (nieto) o donarlo en vida? Y que precio aproximado habria que pagar con la valoracion de 400mil euros en cataluña? Muchas gracias d antemano.
Concierten una cita. No son temas a contestar por un mail.
Gracias ultimamente es usted de mucha utilidad en sus respuestas por lo que e leido
Soy hija única y heredera universal y vivo con mi madre. Por un lado tenemos dos casas, una de ellas en Cataluña y otra en Andalucía, de las cuales mi madre se adjudica el derecho de usufructo vitalicio sobre la mitad de los bienes inventariados y también el pleno dominio sobre la mitad de los bienes inventariados Y a mi me adjudica la nuda propiedad sobre la mitad de los bienes inventariados.
Y por otro lado está el dinero que tenemos excepto mis planes de pensiones, lo demás todo está a nombre de las dos, cuentas, depósitos, acciones, etc … , y asciende a 400.000 €en número redondos, y mi pregunta es … por el dinero que tenemos compartido entre las dos,cuanto tendré que pagar por el impuesto de sucesiones cuando mi madre falte ?
Muchas gracias por su atención.
No depende del dinero, sino de lo que usted herede. Si quiere que le hagamos un estudio de su posible fiscalidad, para lo cual necesitaríamos saber más datos que lo que usted nos proporciona, si bien le digo que la cuantía muy seguramente no sea elevada
Lo que he expuesto es lo que tenemos, no hay más, y es que a veces hablando con amigos y conocidos, salen estos temas y cuentan situaciones que te hacen pensar en lo de cada uno. Y ojalá que mi madre no faltará nunca. Agradecida por su respuesta.
AL MORIR MI MADRE EL VALOR FACILITADO A DECLARAR POR INMUEBLES URBANOS EN BARCELONA ASCIENDE A 641.000€ ME PUEDE INDICAR QUE CANTIDAD TENDRE QUE PAGAR EN CONCEPTO DE IMPUESTO SUCESION
El impuesto de sucesiones se calcula sobre todo el valor de la herencia. Por otro lado hay posibles reducciones que no sé si sería aplicables a su caso. Además hay que tener en cuenta la fiscalidad a la fecha de fallecimiento, por ello una respuesta exacta noes posible dar, pero sin que constituya dictamen y sin ningún tipo de responsabilidad de mi parte, una herencia de a favor de un hijo de 641.0000 euros, siendo aplicable la ley fiscal catalana, pagaría a día de hoy 8.800 euros aprox, aplicando solo la reducción por parentesco. Si se aplicase la reducción por vivienda habitual, si fuere procedente, serían unos 400 euros.
un saludo
Me gustaría realizarle una consulta.
El caso es el siguiente: mi madre (todavía viva) tiene una propiedad que me quiere ceder. Esta se encuentra situada en la localidad de Gavà y fue construida en 1930, su valor catastral es de 82.105.53. (valor minimo a declarar). la casa actualmente está ocupada por okupas por lo que no se puede hacer una tasación real. En caso de donación ¿cuanto se tendría que pagar de impuestos y tramites?
Muchas gracias de antemano.
El trámite es un escritura. El impuesto de sucesiones, en principio sería el 5% del valor. Y las demás consecuencia fiscales, no puedo analizarlas sin ver documentación. Si quiere le podemos hacer un estudio y si quiere venir a Lleida a hacer la donación estaremos encantados de recibirla. Un saludo
Quisiera hacerle una pregunta. Hace 25 años que vivo en pareja sin estar casados y sin estar en el registro de parejas de hecho. ¿Esta situación seria una relación de convivencia de ayuda mutua en la que los adquirientes quedan asimilados al resto de descendientes del grupo II que define el artículo 2? ¿o simplemente sería un extraño?
Muchas gracias por su atención
Yo creo que ustedes son ya pareja de hecho. Pero quizás no puedan demostrarlo, por ello lo mejor que pueden hacer es constituirse como tal en escritura pública. La acreditación a la larga se la van a exigir, bien en Hacienda, en la Seguridad Social…
Un saludo
Muchas gracias por su rápida respuesta
Hola,
Soy un ingles residente en Barcelona. Mis padres (quines viven en Reino Unido) quieren pasarme dinero (para comprar un piso aquí). Mas o menos €200,000. Si hacen una donación directo creo que tendré que pagar 5% de impuestos. Se puede hacer un “pacto sucesorio” en que este dinero cuenta como un herencia desde ellos? Supongo que pagaría menos impuestos asi, no?
Gracias
Es una pregunta muy difícil, porque se centra en primer lugar la determinación de la ley aplicable a la sucesión. Pero a primera vista me parece que no será posible evitar el pago de ese 5% por donaciones. Recuerde, además, cumplir los requisitos para tributar solo al 5%.
Buenos días,
Al realizar el impuesto de suceciones me he bonificado de la vivienda habitual y me ha salido un comprador. Entiendo que he de realizar una rectificación del modelo 650 ¿ lo he de hacer antes de la venta del piso o lo puedo hacer con posterioridad a la venta ( por si acaso finalmente no se vendiera)
Muchas gracias
Yo creo que lo debe hacer antes, porque si no se inscribirá la adquisición de su comprador
en que repercute si lo haces inmediato a la venta?? La deuda con Hacienda será siempre del vendendor no?
Gracias
Es una cuestión de garantías.
Buenos dias ,
Soy heredero de una prima fallecida en Barcelona con un patrimonio de unos 800.000 euros .
Que cantidad o pocentaje tendría que pagar del Impuesto de Sucesiones ?
Gracias
Esta página no es un consultorio, ya dar u una respuesta sin ver documentación es muy arriesgado y podría inducirle a error. Si quiere le podemos hacer un informe, a la vista de la documentación que le solicitemos. Un saludo
Mi madre aún vive pero está muy enferma.Deja el dinero de sus cuentas la mitad a mi hermano y la mitad a mi y dos parkings escriturados uno a nombre de mi hermano y otro al mio del que ella es usufructuaria en ambos.Su vivienda habitual la deja a uno de mis dos hijos y nada al otro de mis hijos.Mi hijo al que no deja nada¿podrá reclamar algo?(¿equivalente a una legítima?)¿Tendremos que pagar algo por los parkings que tiene mi madre en usufructo?Gracias.
En principio su hijo no tiene derecho a legítima en la herencia de su abuela. De todos modos esta cuestión y las otras que nos plantea son difíciles de responder sin ver documentación. Si quiere le podemos hacer un estudio a la vista de la documentación que le solicitemos. Un saludo
Buen día: quisiera saber si tengo que pagar por donación en vida. Soy Argentino, con nacionalidad española, resido en barcelona desde el 2009, y hago declaración de la renta desde el 2011.
Busqué información por convenio que evite doble imposición, pero hasta el momento, no he encontrado nada.
Muchas gracias por el tiempo!
Saludos.
Pues dependerá de la residencia fiscal del donante y del donatario y del lugar donde se encuentren los bienes donados, si son inmuebles.
Gracias por sus respuestas, en mi caso mis padres fallecieron jóvénes, el piso de L’Hospitalet de Llobregat es de mi padre que falleció en 1985 y no hizo testamento, quedando como usufructuaria mi madre que falleció en 1994, las herederas éramos 3 hermanas y digo éramos porque la mediana falleció en 2012, así que sólo quedamos mi hermana pequeña y yo que soy la mayor, estoy pagando un alquiler en Sabadell y ahora que vence el contrato me tengo que ir, pretendemos comprar un pisito mi pareja y yo pero necesitamos liquidez, le propuse a mi hermana que solucionásemos de una vez la escritura y no quiso, le he propuesto que se tase el piso y que mi 50% lo rehipoteque con su 50%, pero tampoco quiere, como vive allí dice que el piso es suyo, nunca nos ha pagado un céntimo a nosotras por vivir allí, no le quiero quitar el piso, sólo pido lo que es mío, tengo peor situación que ella y o me planto en el piso con mis maletas allí o no sé que hacer, cómo puedo conseguir la escritura que no me quiere dejar o como se puede tasar el piso si no deja entrar a nadie? No entra en razones y me veo desesperada. Gracias y disculpe por todo
A falta de acuerdo no queda más remedio que ir a los juzgados. Si ustedes son dueñas al 50% cada una, el juez habría un sorteo para ver quién se lo queda, y quién se lo quede debería abonar a la otra su valor pericial o de tasación. No es una situación jurídica complicada, pero si es muy desagradable. Muchos ánimos y féliz año.
Un tío mio falleció en mayo de 2016 en Jaén . Nos ha dejado su vivienda a tres sobrinos , valorada en posible venta en 60.000€. Yo vivo en Barcelona y mi pregunta es cuánto tendría que pagar de impuestos. Gracias
Buenas noches,tengo una duda mi padre fallecio en catalunya el noviembre de 2014 siendo residente en catalunya mas de 5 años y me dejo 40000 euros en efectivo de herencia en alemania donde la tiene mi tio.tengo que pagar dinero al estado español?
Atentamente
Recibi 40000 euros en efectivo de mi padre(aleman)residente en catalunya que fallecio en catalunya el noviembre de 2014.el dinero lo tiene mi tio y mi pregunta es,tengo que declarar en españa?y si es asi tendria que pagar al estado español dinero de esta herencia cuando en alemania estoy exento?
Buenas noches, muy interesante su artículo pero tengo dudas, mi madre falleció en el 2012 y tiene un piso en Barcelona valorado en 70mil aproximadamente, estamos en Venezuela y ella murió en Venezuela, el piso está alquilado y se han pagado los impuestos que corresponden, lo lleva una arrendadora, quiero poner el piso a mi nombre, esto me lleva a pagar algún tipo de multa o impuesto? Muchísimas gracias si pudiera despejarme la duda
Si usted ya ha pagado el impuesto que devengue la sucesión, pero no ha hecho escritura, solo tendrá que pagar la escritura. Pero realmente no puedo ser más explicito sin ver documentación
Hola, los impuestos de sucesion no, hablaba del IBI y ese tipo de impuesto.
Perdóneme pero no entiendo su pregunta.
Un familiar está separado de su mujer fisicamente, legalmente siguen casados en separacion de bienes en sitges…él Tiene a su esposa en testamento de un piso de aprox 300.000 euros.Que impuesto tendrá que pagar ella¿ porcentaje o cuantía.. Gracias
Muy probablemente nada, pero como insisto en muchas ocasiones esta página no es un consultorio ni esta respuesta es una opinión profesional.
tengo un piso de propiedad a mi nombre, totalmente pagado, lo adquiri en 1980, y ahora lo quiero poner a nombre de mi marido y mio. vivimos en la provincia de Girona. estamos casados desde el año 1981.
cuanto costaria hacer este ramite, me refiero a impuestos, gastos de notaria, etc.
gracias por su atencion
depende del valor del piso y de otra serie de factores que desconozco. Pero quizás lo mejor que pueden hacer ustedes es un testamento, que es la fórmula más barata.
el valor aproximado ahora del mercado esta sobre los 200.000, de hecho cuando nos casamos ya hicimos testamento de él hacia mi, y todo lo mio de antes y despues de casarme hacia él.
El coste de la donación sería el 55 del valor donado, en su caso 100.000 si se dona la mitad. pero debe de tener en cuenta la repercusión en renta para el donante y el pago de la plusvalía, cuyo importe depende de variables que desconozco. lo único que le digo es que muy probablemente no sea necesario hacer la donación, pero es un chat poco más debo decir. si quiere puede concertar una cita y hablamos largo y tendido.
Hola, mi novio quiere regalar a mi madre, que actualmente reside en Cataluña, una cantidad de 20000 euros.
Cuál es el procedimiento que hay que llevar a cabo y cuánto dinero le tocaría pagar a mi madre. Me gustaría resaltar que mi novio es Alemán y reside en Alemania, ya que no se si eso es un problema.
Muchas gracias
Buenos días. ¿Un hermano en que grupo de reducciones queda englobado en Cataluña, II o III?
Tenia entendido que era grupo II pero por lo descrito en su artículo entiendo que es grupo III
Gracias
ES GRUPO iii
Hola Luis,
Mi pregunta es la siguiente. Mis padres me quieren donar dinero para comprar un piso, soy residente en Catalunya (donde se compraría el inmueble) pero ellos viven en Argentina. La donación estaría regida por la ley de Argentina, de España, de Catalunya, o de alguna combinación de estas?
Habría algún mecanismo por el cual, llegado el caso, podría reducir el monto imponible? Por ejemplo, que sea un préstamo de mis padres?
Muchas gracias
Buenas!mi padre tiene un piso valorado en 150000€.Actualmente ocupado por mi hermano,ya que vivian juntos y lo ingreso en una residencia.Mi madre fallecio en 2012,con testamento hecho.50% padre y el otro 50% mi hermano y yo.Mi padre esta dispuesto a hacer donacion,con la venta del piso,pero no me hablo con mi hermano.Que es mas factible esperar herencia o hacer donacion?Hospitalet del llobregat.Gracias,saludos.
No le puedo contestar, porque no se muy bien que me pregunta. Factible es realizable y la donación y la herencia son factibles. Si me pregunta por recomendable depende de lo que quieran ustedes.
Buenos días, mi marido acaba de fallecer, el era viudo en su día con tres hijos que renunciaron a la parte que les correspondía en su día por el piso al fallecer la madre, todo ante notario. El piso es de su propiedad, en el testamento me nombra heredera universal, y también tenemos una casa por la que se esta pagando hipoteca, yo debo aceptar la herencia claro, y cuanto habría de pagar?
Muchas gracias
muy PROBABLMENTE NADA, en impuesto de sucesiones, pero sin ver documentación no podemos decirle más. Si quiere podemos hacer un estudio a la vista del examen de toda la documentación precisa
Mis padres tienen un piso en Terrassa valorado en 250.000€, nos lo dejaran en herencia en 4 partes iguales a hijos y sobrinos, a mi como hijo me dejan un 25%. Cuanto me tocará pagar? Gracias
Hola buenos dias: En septiembre falleció nuestra madre, somos tres hermanos en testamento somos los tres a partes iguales el valor de la herencia son 80000 Euros en vivienda y parquing y 1200 euros en cuenta que cuanto tenemos tenemos que pagar de impuesto de sucesión ? es en Cataluña. Gracias anticipadas.
Muy probablemente nada, pero como comprenderá no se puede dar una opinión profesional sin ningún examen de documentación no comprobar todos los elementos que pueden influir en la cuota tre
tributaria.
12000 euros queria decir no 1200 gracias.
Hola¡ mi caso no s el siguiente mi tía soltera y con un hijo falleció en agosto cuatro meses después mi primo su hijo . El heredero de mi tía era su hijo su hijo mi primo, dejo herencia a mi y a otra persona que es prima segunda . No acepto la herencia de mi tía no le dio tiempo . Ahora me dicen, que tengo que aceptar su herencia y luego aceptar la de mi tía para heredar un local comercial en Barcelona. Cuánto debemos pagar d impuestos de sucesiones. Estoy muy preocupada .
Muchas gracias
Esta página no es un consultorio. Por otro lado, con los datos que nos da es imposible hacer un cálculo. Si quiere concierte una cita con nosotros.
Somos todos de Barcelona. Mi tía soltera y sin hijos deja su herencia repartida en 3 partes, 2 partes para los sobrinos hijos de 2 hermos y otra parte a un hermano que vive. Con su hermano tiene una cuenta bancaria, de esta cuenta toca algo a los sobrinos?. Gracias.
ESTA PÁGINA NO ES UN CONSULTORIO. CON LOS DATOS QUE NOS DA NO PODEMOS OPINAR. CONCIERTE UNA CITA SI QUIERE
Hola buenas mi tio soltero fallecio este año pasado. Dejando su casa valorada en unos 120.000 euros a mi madre que es su hermana convive con el mas de 15 años y ella tiene 72 años. A mi como sobrino me deja tambien en testamento 1 hectarea de tierra. A parte de tener una cuenta los siendo titulares de 30.000 euros. Pero existe otra hermana. 15000 seria a repartir entre las hermanas. Quieren renunciar al dinero y mi madre quiere hacerme dueño de la casa. Cuanto me supondrian las costas aqui en catalunya. Gracias
Esta página no es un consultorio, solamente una llamada a un correcto asesoramiento. Si quiere le podemos hacer un informe, pero sería osado opinar, a riesgo de causarle confusión, sin ver ningún tipo de documentación.
En primer lugar, felicitarle y agradecerle su blog, que tanta ayuda nos proporciona.
Querría por favor hacerle dos preguntas:
1-Estoy separado judicialmente de mi esposa, pero hemos seguido una convivencia en el mismo domicilio. Tengo hecho testamento donde especifico que no quiero que reciba nada de mi y que sean sólo mis tres hijos los únicos herederos. Por otro lado yo trabajo un montón de horas extra y genero ingresos y ella prácticamente nada. Puede reclamarme alguna legítima intentando demostrar que es pareja de hecho?
2- Mis hijos, a partes iguales, deberán pagar un impuesto de sucesión además de la plusvalía? Es mejor que les haga una donación en vida quedando yo como usufructuario?
Muchísimas gracias
El cónyuge o pareja de hecho no tienen derecho a legítima. Por otro lado, yo no aconsejo jacer donaciones en vida, pues devengarán un impuesto superior que la propia sucesión en muchas ocasiones
Buenas, soy una chica de 22 años que vive con sus padres. El hecho es que mi vecina (sin parentesco familiar) me ha dejado de heredera en el testamento de su piso en Manresa valorado en 80.000€ ya que des de pequeña me ha cuidado y ahora q es mayor la visito constantemente y es para mi como una abuela. Ella tiene unicamente 2 sobrinas como familia con las cuales no se relaciona y ella no las ha nombrado en el testamento en ningun momento. Cuanto me tocarà pagar en impuestos para poder acceptar la herencia? Puedo reducirlo de alguna manera? Pueden las sobrinas reclamarme algo?
Esta página no es un consultorio y no puede suplir un análisis del caso particular con todas sus circunstancias. Si usted no puede acogerse a ningún beneficio, el tipo rondará el 20%.Pero esta respuesta no es ningún dictamen profesional insisto.
Hola,mi pregunta es, tengo un prima hermana,que la unica familia que tiene soy yo,y tambien soy su tutora legal,pus esta incapacitada total,y tiene una vivienda en catalunya,en la cual vivo yo,pues ella esta en una residencia .ha la hora de heredar si no hay testamento ,cual es la cantidad que yo tendria que pagar , soy mayor de 65 años.el valor de la vivienda es aproximadamente. 80.000€ gracias
Agradeciendo de antemano su respuesta le paso mi pregunta : . En Barcelona Cat. mis padres ha hecho testamento ante notario nombrándome ami como heredero de todos sus bienes que se componen de una plaza de parquin valorada en 6000@, un piso val. en 300.000 @ y una cta de 140.000 @.( Soy hijo único ) Desgraciadamente en su día cuanto tendría que pagar. Atte J. Graupere.
Buenas tardes, mi madre falleció y dejo testamento para mi hermano y para mi. Vivimos en Barcelona.
Que tenemos que pagar por el piso (tasado en 100.000€)
Gracias
lo más probable es que nada. Pero, como comprenderá con esos datos no puedo ser muy explícito. Si quieren les podemos organizar todos los trámites y además de firmar la escritura.
Yo no estaría muy preocupado por el importe, que será asumible. Una herencia de ese importe, aplicando la reducción de vivienda habitual, rondaría los 800 euros. Para más información le podemos hacer un informe escrito
La reducción por parentesco que tiene es de 8000, pero claro no se si usted puede aplicar alguna otra reducción. No creo que menos de 6000 euros, pero si quiere más información le podemos hacer un informe escrito.
Hola, buenas noches, gracias de antemano por su magnífica información.
De acuerdo con lo que se explica en su página sobre la: ” Situación Convivencial de Ayuda Mútua”. Le agradecería me dijera que requisitos se requieren para obtener dicha Situación. Y cómo se debe proceder para obtenerla.
Deseando obtener respuesta, reciba un saludo cordial.
Buenos días… si dejo una herencia de 200000 euros a favor de mi pareja (no estamos casado ni somos pareja de hecho) cuanto tendria que pagar
Buenos días, en 2008 murió mi padre pero como mi abuela y mi madre vivan en la casa no se hizo nada, el año pasado murió mi abuela y tampoco hicimos nada, yo estaba pasando por
Una enfermedad y no me veía ok fuerza. Que debería hacer para intentar solucionar el tema. Muchas gracias
Buenas tardes, mi madre se casó en segundas nupcias, hace 40 años en Barcelona, cada uno tenía hijos de anteriores relaciones. A lo largo de los años han comprado dos viviendas una muy pequeña y otra donde residen actualmente, han hecho testamento y el marido de mi madre ha dispuesto que su parte se la queden sus dos hijas y el resto es de mi madre y según me ha dicho sería de nosotros sus cinco hijos, ¿qué pasaría si muriese su marido y las hijas quieren su parte? ¿echarían a mi madre de la casa?. Según ellos han dispuesto que, al fallecer uno u otro los hijos no pueden hacer uso de los bienes hasta que no fallezcan los dos, he de decir que las hijas de mi padre no se hablan con él, a la hora de tributar, qué cantidad sería para cada uno.Que tristeza tener que hacer esta consulta.
Hola soy único heredero mediante testamento de mi tía que vive en un piso de su propiedad en Mataró con valor catastral de 60.000 euros, no deja más propiedades, ni dinero. Me gustaría saber cuanto tendría que pagar en caso de fallecimiento.
Gracias
Buenas tardes.
Quisiera hacer una pregunta.
Mi madre lleva ingresada en residencia hace 6 años, somos 3 hermanos, y existe un testamento que me hace heredero de un piso de 90 m².en Terrassa (Barcelona)
Cuando fallezca yo tendré que pagar a ellos la legitima, mas la plusvalía, mas el impuesto de sucesiones, y no se si algo mas.
Me pueden informar un poco mas?
Suben mucho estas cantidades?
A veces pienso que quizás seria mas conveniente vender el piso antes. Que opinan?
Perdón.
Aporto mas datos:
No estoy empadronado en la vivienda que voy a heredar, tengo vivienda propia.
Y si fuese mi vivienda habitual?
mi madre acaba de fallecer 29.01.2017 y estamos esperando las ultimas voluntades, pero en un principio su piso que en el mercado puede llegar a los 80000 euros (no ibi) quiero quedármelo. somos solo mi hermano y yo. si acordamos el precio cuanto trendria que pagar? en realidad es que no sabemos cuanto hay que pagar de sucesión y de notario. podría informar de los tramites? y si podemos ir físicamente? estamos totalmente perdidos en lo que tenemos que hacer. gracias
Hola!!Luis!!!Mi madre quiere dejar a mi hermano y a mi un piso al 50% cito en Cataluña,mi madre es residente de dicha comunidad autónoma (Cataluña),mi hermano también lo es,pero yo soy residente Norteamericano(ES DECIR, no soy residente COMUNITARIO) tengo entendido que se me aplicara la Ley Estatal,el piso debe de tener un valor de 300 000 Euros…tanto mi hermano como yo, no tenemos una fortuna previa de mas de 400 000 y pertenecemos al grado 2 de parentesco, la propiedad no seria vivienda habitual…necesito saber la cantidad aproximada del impuesto de sucesiones para ver si acepto la herencia…disfruto y aprendo mucho de su pagina..gracias .
La últimas voluntades de mi madre aun no están abiertas, pero sé que un piso ( Catalunya ) es para mi hijo ( o sea el nieto de la difunta ) y es menor de edad 12 años y encima vivimos en Bruselas con documentos nacionalidad Belgas cuanto hay que pagar (+.-) si el piso tiene un valor hoy venta libre de 175-200000.-€ Recuerdo el hijo es menor de edad, sin ingresos.
Mi madre es viuda. Tiene 85 años y vive en un apartamento en cataluña. Tambien tiene tierras en andalucia unas rústicas y otra urbana. Tengo una hermana que ultimamente no nos llevamos muy bien y ya me dió a entender que queria la casa para su hijo de 20 años, pero sin pagarme ni una parte del alquiler y tampoco me quiere comprar mi parte. Yo le comenté que no podia obligarme a tener nada a medias con ella y que sino nos poniamos de acuerdo iriamos a los tribunales. A raiz de eso, siempre tenemos punto de vista diferentes en todo…
Ahora he visto lo de los impuestos por sucesiones y no se a cuanto podria ascender, que porcentajes se aplicarian tanto al apartamento como a las tierras (que estan en otra comunidad), y como se puede saber antes de aceptar la herencia. Y como se pueden dividir todas la propiedades en partes iguales. Gracias
La fiscalidad de esa herencia se regirá, parece, por ley catalana, con independencia del lugar donde radiquen los bienes. De padres a hijos y con patrimonios pequeños o medianos, la fiscalidad sera mUy escasa.
CON DATOS LE PODEMOS HACER UN ESTUDIO.
EL CALCULO DEL IMPUESTO ES UNA LABOR COMPLEJA. SI NOS PROPORCIONA DATOS PODEMOS HACERLE UN INFORME
Mi pareja de hecho ( ante notario) ha fallecido hace un mes. Tengo un hijo de 3 años , que no es hijo ni heredero de mi pareja, que es legatario en su testamento . Ambos teníamos nuestra residencia en Catalunya. ? Tiene mi hijo alguna reducción en el pago de impuestos de sucesión? Muchas gracias
Claro además de la de ser descendiente tiene una por edad, que es mayor según su minoría.
Residencia en Cataluña. Piso 50% él, 50% ella. Segundos matrimonios. El 2 hijos y ella 3 anteriores matrimonios. Sin descendencia entre ellos. Testamento ya hecho, de uno para el otro y al final, con el ultimo de los cónyuges fallecidos, 50% para los hijos de él y 50% para los de ella. Atendido que tres de los cinco herederos están domiciliados en provincias distintas y no ser operativo el alquiler o los pagos de servicios, impuestos, etc., los cónyuges desean que, al fallecer, el piso se venda a la mayor brevedad y se reparta su venta en los porcentajes citados. ¿Qué se debería hacer para que se cumpla este deseo final de los cónyuges una vez desaparecidos los dos?
He recibido una herencia de 2 pisos , 2 parquin y 450.000 euros en acciones …. mi pregunta es cuanto tengo que pagar de impuesto ya no soy pariente de la persona que me heredo ya que un abogado que se me delego me dice que son mas de 400.000 euros en impuesto .. Gracias por la atención me podría ayudar
Con los datos que me da es imposible contestar. Si quiere le podemos hacer un estudio.
Mi madre a fallecido y somos 8 hermanos, en herencia hay un piso en Mataro valorado en 100.000€ del cual el 50% es la herencia por parte de mi padre repartida la legítima entre los 8 y el el otro 50% es la parte de mi madre que me ha dejado como heredero universal. Cúanto tendré que pagar del impuesto de sucesiones?
Muy probablemente nada. Pero sin saber valores es imposible contestar
Hola buenos dias soy de barcelona y cuando me compre el piso puse a mis padres estamos en la escritura yo y mis dos padres tengo dos hermanas mas pero en el testamento mis padres han puesto que su parte me lo dejan solo a mi. Mi pregunta es esta es la mejor opcion y que deberia pagar por su parte de sucesion si el piso esta valorado en 100.000 euros en la actualidad
Hola, buenas tardes.
Tengo una tía que reside en Barcelona desde hace más de cincuenta años. En su testamento me deja unas propiedades en Aragón (casa en un pueblo valorada en unos 18000 euros y algunas tierras de escaso valor). Yo resido en Aragón.
Al tratarse de dos comunidades autónomas distintas, ¿Habría que aplicar el impuesto de sucesiones de Cataluña o el de Aragón? ¿ A cuanto ascendería (más/menos) dicho impuesto de sucesiones a pagar cuando llegue el momento? ¿Qué tipo se aplicaría?
Muchas gracias.
Se aplica la ley fiscal correspondiente a la residencia habitual del fallecido. En si caso por lo que me dice, CATALUNYA. desde nuestro despacho le podemos hacer toda la tramitación fiscal, juntamente con la firma de la escritura. Puede remitirnos toda la documentación por correo, y venir solo para el día de la firma.
Hola buenos días.
Tengo una libreta de depósito compartida con mi padre con 65.000 euros. El dinero es mío però en su momento ya hace años puse como cotitular a mi padre por si me pasaba algo. Resido en Catalunya. Ahora quiero sacar el nombre de mi padre porque se está haciendo mayor y me preocupa que le pase algo y mi hermano me reclame la mitad de mi dinero. Que tengo que hacer para que no me afecte a nivel fiscal? porque representa que si saco su nombre me da una donación y tengo que pagar impuestos de mi propio dinero? Podría sacar el dinero poco a poco a otra cuenta de depósito sin que me afectase a nivel fiscal? Muchas gracias.
Mi madre tiene 89años tiene demencia vive conmigo pero tiene su casa alquilada. Somos dos hermanos pero mi hermano hace años que no se preocupa por ella por lo que cuando estaba bien hizo testamento y me hizo heredera iniversal dejandole a el la legitima. Quisiera saber cuando fallezca mi madre cuanto tendre que pagar a hacienda. Creo que la casa valdra unos 175 mil €. Gracias
Muy probablemente nada, pero con los datos que nos da es imposible dar un a respuesta exacta, que en cualquier caso sería con arreglo a le ley vigente, que puede no ser la misma que la ley que rija la sucesión.
Se me olvido poner que estamos en catalunya, por si se puede especificar algo mas, si no , gracias de todas formas. Saludos
Cual es el coste de una escritura para realizar una donación de efectivo a un menor?
Vivo con mis padres en una vivienda unifamiliar de Palau-Solità i Plegamans (Barcelona) y está valorada en 360.000 euros (según el perito tasador de la compañía de seguros de la póliza que acabamos de contratar). Si mis padres fallecieran y yo me quedará con la vivienda: ¿Cuánto debería pagar por el impuesto de sucesiones? Según mis cálculos se debería aplicar un descuento del 95% sobre el valor de la vivienda por lo que quedaría una cantidad a tributar de 18.000 € y aplicando el 7% a esa cantidad sería 1.260 €. ¿ Es correcto? Muchas gracias por su atención
no es correcto, porque no tiene usted en cuenta las bonificaciones en cuota. Pararía menos.
¿Me puede indicar las bonificaciones a que se refiere? Gracias
la existente sobre la cuota.
Hola,
El piso en el que vivo esta a nombre mio y de mi hermano.
Ahora el quiere hacer una cesion de su parte a nuestra madre que vive conmigo.
El valor catastral del piso es de 8.000€
Saldria muy caro hacer esta cesion?
Natalia
No creo, pero el coste depende de factores que desconozco, entre otros la situación del piso
Buenas tardes. El pasado dia 7 de este mes, a las 16,38, les solicité su contestación a una cuestión que me preocupa y que no logro aclarar. Figura en este foro con la nota “tu comentario está pendiente de moderación”, cosa que me extraña porque solucionan sus consultas casi en el mismo día. Desconozco si me pregunta es muy compleja o necesitan aclaraciones a la citada cuestión, en cuyo caso les agradecería me lo solicitaran y muy gustosamente se las haría seguir. Muchas gracias por su atención y un saludo.
SE nos habrá pasado, perdónemme
Hola buenos días, mi padre de 81 años, tiene una cuenta corriente con 80.000 euros, con la que yo estoy como autorizado. quisiera saber si estuviera como cotitular, ¿cuanto me supondría a la hora de hacer la declaración de hacienda anual?, o si es mejor continuar como autorizado, cuando mi padre fallezca, teniendo hecho testamento.
GRACIAS.
es imposible de responder con los datos que nos da. Me imagino que la diferencia sería casi inexistente, pues solo tendría que integrar en su base imponible los rendimientos que generase la cuenta corriente. Lo que esto puede suponer depende de su renta global, que desconozco. De todos modos mi consejo, es ajustarse a la realidad, y si el dinero es de su padre, que siga a nombre de su padre y si tiene necesidad que se lo gestionen que se haga un poder notarial.
Buenas tardes, mi tia-abuela, esta arreglando su testamento y quiere que herede un piso en Barcelons con valor catastral de 60.000 euros mas una cantidad en efectivo de 90.000 euros. No tiene mas descendencia, es soltera. Que importe aproximado me tocaria pagar por impuesto de sucesión?
O se pagaria menos por donación en vida?
Gracias
Normalmente es más barato heredar. Dicho esto, con estos datos resulta difícil dar un coste exacto, y de todos modos le insisto como a otros muchos, que esta web no es un consultorio. Si quiere le podemos hacer un informe, en base a la documentación que le solicitemos
HOla Luis,
Le cuento: mi padre (adoptivo) fallecio recientemente y mi hermano (unidos por madre) recibio la herencia. Me tiene que hacer una donacion de la mitad recibida y estoy intentando averiguar el importe que tengo que pagar… parece ser que somos grado III de parentesco y no se aplicaria ninguna reduccion. (tengo que recibir 70mil euros , y mi gestor me dice que tendria que pagar 8900€)
Es correcto?
Mi hermana tiene su residencia en Mataró desde hace 30 años y no tiene hijos, solo me tiene a mi . Si mi residencia es en Almería ¿ la liquidación del impuesto se hace por la normativa de la Comunidad de Cataluña o por la de la comunidad de Andalucía?. ¿ lo bienes de Cataluña (piso) seria por Cataluña y las tierras de invernaderos de Almería por Andalucía?
En Testamento me tiene puesto como heredera y en sustitución mis descendientes. Si en el momento de fallecer mi hermana yo también he fallecido ¿ pasaría toda la herencia directamente a mis hijos pagando ellos el impuesto? o pasaría primero a mi y luego a ellos pagando así dos impuestos
muchas gracias
Mi padre falleció y somos tres hermanos. Tenía una vivienda que se valora en 140 mil euros. Una cuenta con 17 mil euros y un seguro de vida que aún no sabemos mucho pero que rondará los 25 mil euros.
Cuánto sería el impuesto de sucesión para aceptar la herencia?
Gracias.
Si la ley fiscal es la catalana, me imagino que nada. Pero si quiere más información concierte una cita.
Hola Sr Luis Prados
mi pregunta es : mi madre viuda acaba de fallecer y en su cuenta tiene unos 200.000 euros y un piso que hace 8 años les costo 300.000,somos 2 hermanos ME GUSTARIA SABER cuanto nos costara la aceptación herencia cuando vayamos al NOTARIO.
GRACIAS
Los honorarios notariales están fijados por un RD de 1989, en el que se incluye el asesoramiento correspondiente. En algunas notarías, le realización también, como servicio aparte la confección de los modelos fiscales y los trámites de inscripción en el registro de la Propiedad. De todos modos le digo que no hacemos presupuestos, sin saber el contenido real del documento, a riesgo de poder crear confusión o error. Y por otro lado no le puede decir un presupuesto que le vincule en cualquier notaría.
Hola, mi tío falleció en 2015 ,no tenía testamento. Tenía un seguro de vida una cuenta con 3000 euros y una casa que me e quedado yo por donación de los demas(somo 13 personas,3 hermanos y 10 sobrino), mi pregunta es ,¿ quien tiene que pagar el impuesto de sucesión? ¿ Yo por quedarme la casa y recibo más parte o todos porque todos cobramos del seguro de vida ?
Cada uno paga por lo que recibe
Agradecería poder saber mas o menos cuanto me va a costar la aceptación de herencia la cual es de una casa en barcelona capital ( 1ª residencia de mi madre fallecida) y otra vivienda en cabrera de mar la cual era segunda residencia, y una tercera en galicia la cual es el 50% de ella en total tres viviendas y yo soy hijo unico , no se cual es el valor real de dichas viviendas gracias.
es necesario saber el valor de los inmuebles. De todos modos intuye que será muy poco.
Piso en Barcelona que un padre quiere dar a su hija. La hija ha cumplido 36 años en enero de 2017.