Hago esta entrada en el apartado noticias como consecuencia de los elementos de búsqueda a través de los cuales las personas llegan a mi página web. Una de ellas dice ¿me puede negar la gestora el derecgo a elegir Notario? No su quién ha llevado a cabo la pregunta, si es una persona de alguna localidad cercana o por el contrario puede encontrarse a muchos kilomestros de distancia. Pero he de contestar categoricamente que una gestoría no puede imponer el notario ante el cual se firma una escritura. Aunque matizando la cuestión me imagino que cuando se habla de gestora debe de ser alguna de esas que están vinculadas a los bancos.
La elección de notario corresponde:
En primer lugar a quién solicite la prestación del servicio. Resulta evidente que un acto en el que actúe una sola persona, será esta la que decidirá la notaría a la que acudir.
En segundo lugar, en el caso de se trate de una escritura en la que actúen varias personas, se estará a lo que las partes hubieran pactado y si no se llegase a un acuerdo el derecho de elección corresponderá al obligado al pago de la mayor parte de los aranceles.
Pero lo dispuesto en el apartado anterior tiene una importante limitación, pues en las ventas de inmuebles relizadas por personas que se dediquen a ello habitualmente, o bajo condiciones generales de contratación, así como en los supuestos de contratación bancaria, el derecho de elección corresponderá al adquirente o cliente de aquellas.
Por tanto, siempre que se contrate con un banco o con una inmobiliaria, estos no pueden imponer el Notario ante el cual se firma. Tambiñen se puede elegir notario en los supuestos de las daciones en pago. Por otro lado, los notarios tienen el deber de respetar la libre elección de notario que hagan los interesados y se abstendrán de toda práctica que limite la libertad de elección de una de las partes con abuso derecho o infringiendo las exigencias de la buena fe contractual.
Como ya hemos indicado en el apartado correspondiente de la web si su derecho no es respetado acude a las oficinas de defensa de los consumidores o a los colegios notariales. Cuando se le impide la libre elección de notario, en el fondo puede haber dos cosas, comodidad o juego de comisiones. NO SEA USTED PARTE DE ESE JUEGO.